REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 09 de agosto de 2.018
Años: 208º y 159º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos ELIO ENRIQUE ESCORCHE GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.797.828, domiciliado en la Calle Nº29 con 2 Avenida, Sector Sabaneta, Municipio Independencia, estado Yaracuy y MORGEL LUIS PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.502.852, domiciliado, en la Calle Nº 29, del sector Sabaneta Municipio Independencia, estado Yaracuy; este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos MIROSLAVA COROMOTO MARCHAN, FRANKLIN RAMON MARCHAN y NELSON FRANCISCO MARCHAN venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.556.585, V-7.556.584 y V-7.556.583 respectivamente asistidos por la abogada en ejercicio YRELA YSABEL CHAM RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado con el Nº 42.237; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno Municipal que mide DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRARDOS (277,76 m2) y un área de construcción de CIENTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS CUADADOS (184,70 m2), ubicado en la Avenida 02 entre calles 28 y 29, casa s/n, Sector Sabaneta del Municipio Independencia, estado Yaracuy; que consisten en una casa para habitación familiar construida sobre bases de mampostería, paredes de bloques de concreto totalmente frisadas, piso de cemento, techo de acerolit sobre vigas de hierro y consta de: jardinería en su frente con su enrejillado y pared de bloques, porche de platabanda, sala de recibo, una (01) sala de estar, cinco (05) dormitorios, cocina con su fregadero y porcelanizado, comedor, corredor, lavadero, una (01) sala de baño con sanitario y lavamanos ,un (01) cuarto de depósito, garaje con portón de hierro, empotramiento de cloacas para aguas negras y blancas, siete (07) ventanas de hierro con sus protectores tipo persianas de vidrios para ventilación, siete (07) puertas de hierro, cuatro (04) puertas de madera, con instalaciones de agua y luz eléctrica, con un valor aproximado de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,00). Siendo sus linderos particulares; NORTE: Casa que es o fue de Elionora Colmenáres; SUR: Casa que es o fue de Ismenia Marchan; ESTE: Avenida 02 y OESTE: Casa que es o fue de Francisco Cuenca. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,
Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (09) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
Solicitud Nº 1901/kb