REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 5 de diciembre de 2018.
AÑOS: 208º y 159º
ASUNTO: UP11-J-2018-000674
SOLICITANTES: Ciudadanos YRIS NAHIR SEQUERA CHÁVEZ Y JUAN JOSÉ GUEDEZ DUNO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 10.368.562 y 14.211.820 respectivamente.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
En fecha 7 de noviembre de 2018, se recibió solicitud de DIVORCIO 185-A, solicitado por los ciudadanos YRIS NAHIR SEQUERA CHÁVEZ Y JUAN JOSÉ GUEDEZ DUNO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 10.368.562 y 14.211.820 respectivamente. Se admitió la presente solicitud el día 12 de noviembre de 2018, se fijó la audiencia de evacuación de pruebas para el día 5 de diciembre de 2018 a las 10:30 a.m. En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas se dejó expresa constancia de la incomparecencia de los ciudadanos YRIS NAHIR SEQUERA CHÁVEZ Y JUAN JOSÉ GUEDEZ DUNO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 10.368.562 y 14.211.820 respectivamente, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial.
Ahora bien, vista la no comparecencia de los solicitantes a la audiencia de evacuación de pruebas, este Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la devolución de los documentos originales a los solicitantes. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los cinco (05) días del mes de diciembre de 2018. Años: 208º de la Independencia y 159º de la Federación.
La Juez Temporal,
Abg. FELIMAR ORTEGA OJEDA El Secretario,
Abg. ANTONIO ROMÁN
En la misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 11:35 a.m.-
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