REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Diez de Diciembre de 2018.
AÑOS: 208º y 159º
ASUNTO: UP11-J-2018-000679
SOLICITANTE: Ciudadana MOICELIN DE JESUS HERRERA MONTANA venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 17.844.492

MOTIVO: AUTORIZACION PARA COBRO DE BENEFICIOS

BENEFICIARIA: Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacidos en fechas 12 de diciembre del 2006 y 08 de Octubre del 2014

En 08 de Noviembre de 2018, fue recibida por este Tribunal, la solicitud interpuesta por la ciudadana MOICELIN DE JESUS HERRERA MONTANA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.844.492, actuando en representación de los niños Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacidos en fechas 12 de diciembre del 2006 y 08 de Octubre del 2014 respectivamente , asistido por la abogado Thaidis castillo Pérez inscrito bajo el IPSA N° 131.881 . En fecha 04 de Diciembre de 2018, siendo la oportunidad para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas, se evacuaron las mismas y se dictó el dispositivo oral.
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto, esta Juzgadora observa:
De la copia certificada de la sentencia referente a título de Únicos y universales herederos, dictada en fecha 08 de Octubre de 2017, cursante a los folios 05 al 07 del expediente, se desprende la condición de hijos y universales herederos, a la ciudadana MOICELIN DE JESUS HERRERA MONTANA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.844.492, y a los niños Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacidos en fechas 12 de diciembre del 2006 y 08 de Octubre del 2014 respectivamente , con respecto al causante JOSE FLORENCIO CAMACARO ROMERO , quien en vida era titular de la cédula de identidad N° 15.454.856 , fallecido en fecha 16 de Julio de 2018 , así como la filiación de los niños antes mencionados con respecto a la solicitante ciudadana MOICELIN DE JESUS HERRERA MONTANA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.844.492 , por lo que se le otorga valor probatorio.
Visto que se cumplieron los requisitos de procedencia de la presente solicitud, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana MOICELIN DE JESUS HERRERA MONTANA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.844.492 en representación de sus hijos los niños Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacidos en fechas 12 de diciembre del 2006 y 08 de Octubre del 2014 respectivamente para que pueda proceda a realizar los trámites correspondiente por ante los organismos correspondientes para el cobro de Prestaciones Sociales, cuentas bancarias, seguros de vida, seguro social, Monte Pío, Ahorro habitacional, pólizas de seguro, así como cualquier otro beneficio o prestación que por su relación laboral, tales como Fideicomiso, caja de ahorros, seguro de vida, pensión de sobreviviente, que les corresponda a los niños Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacidos en fechas 12 de diciembre del 2006 y 08 de Octubre del 2014 respectivamente, con motivo del fallecimiento de su padre el ciudadano JOSE FLORENCIO CAMACARO ROMERO , quien en vida era titular de la cédula de identidad N° 15.454.856 , fallecido en fecha 16 de Julio de 2018 debiéndose remitir a este Circuito Judicial de protección de Niños, niñas y Adolescentes del estado Yaracuy, CHEQUE DE GERENCIA, por la cantidad que le corresponda a la adolescente de autos a los fines de abrir cuenta de ahorro a su nombre.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, Diez (10) de Diciembre de 2018. Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
La Jueza,

Abg. ROSSMARY CEBALLOS OLMOS
La Secretaria,

Abg. ARNEL FALCON

En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, se cumplió con lo ordenado. La Secretaria,

Abg. ARNEL FALCON