REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 10 de enero del 2018
Años: 207° y 158°

Por recibido el presente expediente signado bajo el No. 14.434, por distribución proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, relacionado con el juicio de REIVINDICACIÓN, incoado por la ciudadana: CAROLINA FATIMA ABDEL LOPEZ, contra los ciudadanos MARCOS GONZALEZ, ARGENIS GONZALEZ y FELIX GRABINA. En consecuencia se acuerda darle entrada bajo su misma nomenclatura y tomar razón en los libros respectivos. Expediente No. 7309.
El Juez Provisorio,

Abg. Wilfred Asdrúbal Casanova Araque.
La Secretaria Temporal,

Abg. Monica del Sagrario Cardona Peña.
En horas de despacho del día de hoy, diez (10) de enero de dos mil dieciocho (2018), comparece por ante la Secretaria Temporal de este despacho, el Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Abg. Wilfred Asdrúbal Casanova Araque, y expone: “Por cuanto en la presente causa signada bajo el número 7309, relacionado con el juicio de REIVINDICACIÓN, seguido por la ciudadana CAROLINA FATIMA ABDEL LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-10.857.940; contra los ciudadanos MARCOS GONZALEZ, ARGENIS GONZALEZ, NORMA GONZALEZ y FELIX GRABINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-4.475.410, V-4.475.409, V-5.465.085 y V-14.798.091; ME INHIBO de conocer de la misma, por estar incurso en las causales 1 y 12 del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que me une parentesco de afinidad con el codemandado, ciudadano MARCOS EMILIO GONZALEZ RANGEL, quien estuvo casado con mi tía, la hermana de mi padre ciudadana GRECIA IVONNE CASANOVA ROSALES, y de dicha unión procrearon dos (2) hijos de nombres EDWARD ERNESTO y MARCO ANTONIO GONZALEZ CASANOVA, que son mis primos hermanos, asimismo me unen nexos de amistad manifiesta desde hace muchos años con la parte demandante las ciudadanas AGUEDA ANTONIA LOPEZ DE ABDEL, (y con sus hijas CAROLINA FATIMA ABDEL LOPEZ y ADIBY CHERIFE ABDEL LOPEZ), así como los ciudadanos WILLIAM RAFAEL LOPEZ, NORMA GONZALEZ, ARGENIS GONZALEZ y FELIX GRABINA, lo que me impide administrar justicia con la debida imparcialidad que se requiere en estos casos”; en consecuencia, vista la inhibición surgida, sométase a distribución el presente expediente, por encontrarme incurso en las referidas causales; y de acuerdo con lo establecido en el Articulo 95 eiusdem, aunado al hecho que en fecha 21/06/2012 fue declarada, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Con Lugar la Inhibición surgida en fecha 31/05/2012. Se acuerda remitir bajo oficio al Juez de Alzada, copias certificadas de las actuaciones conducentes, a los fines de que conozca de la presente incidencia, igualmente remítase el presente expediente al Juzgado Distribuidor, conforme el Artículo 93 ibídem. Líbrese oficio. Expediente 7309.-
El Juez Provisorio,

Abg. Wilfred Asdrúbal Casanova Araque.
La Secretaria Temporal,

Abg. Monica del Sagrario Cardona Peña.
En esta misma fecha se libraron los oficios ordenados.
La Secretaria Temporal,

Abg. Monica del Sagrario Cardona Peña.