REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Doce (12) de Enero de (2018)
(207° y 158°)

ACTA ORAL DE INFORMES
En el día de hoy viernes doce (12) de Enero de (2018), hora fijada por auto de de fecha (13/12/2017), a los fines de que tenga lugar la oportunidad procesal para Oír los informes de las partes, en la causa Nº JSA-2017-000411 (nomenclatura particular de este Juzgado Superior), en virtud del RECURSO DE QUEJA ejercido en fecha (06/11/2017) y Reformado en fecha (07/11/2017), suscrito por la abogada Yennis Milagros Silva Bolívar, titular de la cedula de Identidad N° 17.888.079, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 161.792, actuando en representación de la Ciudadana Hiliana Coromoto Suarez Parte Accionante contra la Ciudadana Iliana Rojas Rojas, en su carácter de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, de conformidad con lo establecido en el artículo 845 del Código de Procedimiento Civil Venezolano; En este estado, se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencia de este Juzgado Superior Agrario, la DRA. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR, el ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ, el ABG. ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA, con el carácter de Juez Superior, Secretario Temporal y Alguacil, respectivamente. De igual modo, se deja constancia que se encuentran presentes en este acto Yennis Milagros Silva Bolívar, titular de la cedula de Identidad N° 17.888.079, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 161.792, actuando en representación de la Ciudadana Hiliana Coromoto Suarez Parte Accionante, Asimismo deja constancia que la incomparecencia de la parte accionada ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno. En este estado, la ciudadana Juez Superior DRA. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR, toma el derecho de palabra a los fines de presentarse ante la parte presente e informarle que puede hacer uso del tiempo que requiera necesario para realizar su exposición, por lo que le concede el derecho de palabra a la representación judicial de la Parte Accionante la profesional del derecho Yennis Milagros Silva Bolívar, ya identificada, la cual expone :” En este Acta ratifico el presente recurso de queja tanto en los hecho como el derecho por cuanto existen derecho lesionados el principio del derecho a la defensa, el debido proceso y la tutela judicial efectiva provocando en el proceso una dilatación por la falta de la práctica de la inspección judicial, por lo que solicito a este digno tribunal verifique la infracción a los derechos de mi representada muy especialmente el prejuicio causado, asimismo consigno en este acto escrito de informe constante de dos (02) folios utiles a fin de ilustrar al tribunal es todo. Seguidamente retoma el derecho de palabra la Ciudadana Juez Superior quin expone “Oída la exposición de la parte accionante y visto el escrito presentado en este acto se ordena agregar dicho escrito al expediente judicial y siendo las Doce y Dieciochos Minutos horas de la tarde (12:18 p.m.), se da por concluido el acto y se ordena agregar un ejemplar de la presente acta al expediente judicial. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SUPERIOR,

DRA. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR EL ALGUACIL,

ABG. ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA
LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL
DE LA PARTE ACCIONANTE,

ABG. YENNIS MILAGROS SILVA BOLÍVAR,
INPREABOGADO N° 161.792
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ

EXPEDIENTE N° JSA-2017-000411
MCGS/ILRG/NA.-