REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veinticinco (25) de enero de (2018)
(207° y 158°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2009-000076
De la revisión exhaustiva realizada a las actas procesales que conforman el presente expediente, se constata que el Tercero Parte Asociación Cooperativa “SOMOS CAÑIZOS 940”, no ha sido notificada del abocamiento de fecha (14/07/2017); en consecuencia, en aras de otorgar seguridad jurídica, celeridad procesal a las partes, ser garante del debido proceso y del derecho a la defensa, este Juzgado Superior Agrario, ordena librar boleta de notificación al Tercero Parte ut supra mencionado. Asimismo, en virtud del acto administrativo dictado mediante Punto de Cuenta N° 07, en Sesión N° 227/09 de fecha (17/03/2009), ordena solicitar mediante Oficio a la Coordinadora de la Oficina Regional de Tierras Yaracuy, a los fines de que se sirva informar a este Despacho dentro de diez (10) días de despacho siguientes de su notificación, el estatus actual del referido acto administrativo el cual es objeto de nulidad en este Juzgado, así como el estatutos de la ciudadana ESINTILA MARÍA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad número V- 2.572.320 y del lote de terreno denominado “Don Manuel”, ubicado en el sector el Peñón, parroquia El Guayabo, Municipio Veroes, Estado Yaracuy, constante de una superficie de (665 ha con 8289 m2), todo ello, de conformidad con el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Asimismo, se ordena participar a la Coordinadora de la Oficina Regional de Tierras Yaracuy, a los Apoderados Judiciales del Instituto Nacional de Tierras, a la División de Asuntos Judiciales del Instituto Nacional de Tierras, y a la Jefe(E) de Área Técnica Agraria ORT-Yaracuy, a través del sistema de comunicación electrónicos, o correo electrónicos de conformidad con lo establecido en el artículo 91 numeral 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrense Boleta y Oficio. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ
EXPEDIENTE Nº JSA-2009-000076
MCGS/ILRG/mp