REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 30 de enero de 2018.
AÑOS: 207º y 158º
ASUNTO: UP11-J-2017-000829
SOLICITANTES: Ciudadanos MARÍA JOSÉ VARGAS MUÑOZ y RICARDO JOSÉ CAMACHO MONTANA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 16.822.787 y 15.483.944 respectivamente.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A
En fecha 30 de octubre de 2017, se recibió solicitud de DIVORCIO 185-A, solicitado por los ciudadanos MARÍA JOSÉ VARGAS MUÑOZ y RICARDO JOSÉ CAMACHO MONTANA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 16.822.787 y 15.483.944 respectivamente. Se admitió la presente solicitud el día 2 de noviembre de 2017, se fijó la audiencia de evacuación de pruebas para el día 30 de enero de 2018 a las 11:00 a.m. En la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas se dejó expresa constancia de la incomparecencia de los ciudadanos MARÍA JOSÉ VARGAS MUÑOZ y RICARDO JOSÉ CAMACHO MONTANA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números 16.822.787 y 15.483.944 respectivamente, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial.
Ahora bien, vista la no comparecencia de los solicitantes a la audiencia de evacuación de pruebas, este Juzgadora considera desistido el presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la devolución de los documentos originales a los solicitantes. Se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los treinta (30) días del mes de enero de 2018. Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Juez Temporal,

Abg. FELIMAR ORTEGA OJEDA
La Secretaria,

Abg. ARNEL FALCÓN
En la misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 4:05p.m.-