REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dieciséis (16) de febrero de (2018)
(207° y 158°)


EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000291

Con vista a la diligencia presentada en fecha (05/02/2018) por el abogado Jorge Carlos Rodríguez Bayone, en su carácter de representante judicial de la parte recurrente, en la cual expone: “…pido al despacho ratifique los oficios enviados y, con fundamento a lo establecido por el artículo 49 constitucional y 202 del Código de Procedimiento Civil se les prorrogue el tiempo (lapso) concedido para la consignación de las resultas de las labores encomendadas por el tribunal…”; y visto el correo electrónico guerreroct@pdvsa.com enviado en fecha (09/02/2018) por la abogada Crizalida Guerrero, Consultor Jurídico de PDVSA-Gas del estado Lara, al correo institucional de este Juzgado Superior, por medio del cual expone: “…la presente tiene por finalidad solicitar de sus buenos Oficios una Prorroga de 05 días hábiles a su despacho para dar respuesta a su solicitud…”; y siendo que hoy (16/02/2018) vence el lapso de cinco (5) días de despacho otorgados a los organismos intervinientes a fin de que remitan la información solicitada por acta de inspección judicial de fecha (30/01/2018), sin que conste en autos lo requerido. En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, acuerda otorgar la prórroga solicitada de cinco (5) días de despacho siguientes al dia de hoy (16/02/2018) exclusive, a los fines de que sea remitida a este Juzgado Superior la información solicitada al Gerente de HDI de Petróleos de Venezuela S.A. Gas (PDVSA-GAS), a la Coordinación de la Oficina Regional de Tierras Yaracuy y a la Dirección Estadal de Ecosocialismo y Aguas Yaracuy. En tal sentido, ordena ratificar el contenido de los Oficios Números JSA-065/2018, JSA-066/2018 y JSA-067/2018 librados en fecha (30/01/2018). Líbrense Oficios. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPERIOR,


DRA. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR

EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. IRVING LEONARDO REYES










EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000291
MGS/ILR/mp