REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 28 de febrero de 2018
Años: 207º y 159º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos ÁLVAREZ YANEZ VICTOR ALEXIS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.970.764; domiciliado en la urbanización Altos de Yurubí, transversal 9, casa N° 34, municipio Independencia, estado Yaracuy y MARTÍNEZ GARRIDO HECTOR DANIEL, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-19.454.066; domiciliado en Buena Vista, avenida Páez, calle 14-A, Boraure, municipio La Trinidad, estado Yaracuy; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana GUARECUCO FRANCY ALEJANDRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-13.795.088; sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, y que por información desprendida del Informe Catastral emitido por la Alcaldía del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, consisten en unas bienhechurías sobre terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU), construidas en un área de terreno que mide Cincuenta y Cinco Metros con Cero Centímetros (55,00 mts2) y un área de construcción de Cuarenta y Nueve Metros con Cero Centímetros (49,00 mts2), ubicadas en las Tapias, sector I, avenida Bolívar entre vereda 12 y calle 10, parroquia San Felipe, municipio San Felipe, estado Yaracuy, las cuales consisten en un (1) inmueble tipo Local Comercial, construido en paredes de bloque, techo de losa nervada, piso de granito, puerta tipo Santa María, constante de sala de habitación, un (1) baño, acometida de aguas blancas y negras; encontrándose alinderadas de la siguiente manera: Norte: Avenida Bolívar, con 5,42MTS; Sur: Con solar de la casa que es ó fue de Henrri Cordero, con 5,42MTS; Este: Con local y casa que es ó fue de Henrri Cordero, con 10,00 MTS y Oeste: Con casa y solar que es ó fue de Mirian Cordero, con 10,00MTS. Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.-
La Jueza Temporal,

Abg. María Elena Camacaro La Secretaria Temporal,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.

En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de nueve (9) folios útiles.
La Secretaria Temporal,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.