REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 28 de febrero de 2018
Años: 207º y 159º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MERLIN CAROLINA GOMEZ HIDALGO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.700.578, domiciliada en la urbanización villa la Rosa, calle D casa numero 9 Guama, Municipio Sucre del estado Yaracuy. y JAVIER FRANCISCO MEJIAS HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.327.273, domiciliado en la urbanización villa la Rosa, calle D casa numero 9 Guama, Municipio Sucre del estado Yaracuy., este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana MARIA JOSE SARMIENTO SARMIENTO, sobre unas bienhechurías construidas en un área de terreno propiedad del municipio, ubicado en la calle principal Alfonso López, sector Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio San Felipe del estado Yaracuy. Dichas bienhechurías constan de una (01) casa con paredes de bloques sin frisar, techo de platabanda, piso de cemento, dos (02) habitaciones, una (01) sala, un espacio destinado para la construcción de una (1) cocina y un (01) baño; cuya área de construcción es de CIENTO SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS (107,70 m2); y un área de terreno de SETECIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS CENTÍMETROS (710,46 m2); comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa y solar que es o fue de Juana Rodriguez, con 47,49 metros. SUR: Casa y Solar que es o fue de Frank Herrera, con 47,49 metros. ESTE: Calle Alfonzo López que es su frente con 14,96 metros y OESTE: terrenos que son o fueron de Argelia Coa con 14,96 metros, el valor invertido es de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000,00).Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,

Abog. TRINO LA ROSA
La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRÍGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (09) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRÍGUEZ
Sol. N° 1744
aag