REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 28 de febrero de 2018
Años: 207º y 159º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ELVIS EDUARDO OROZCO ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.758.122, domiciliado en el Sector Higuerón, calle Principal, Municipio San Felipe del estado Yaracuy y JOSE LUIS ESCALONA MONTENEGRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.860.383, domiciliado en Rosa Ines 21, callejón Principal, Municipio San Felipe del estado Yaracuy. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana MARIELA JOSEFINA GARCIA PEÑA, sobre unas bienhechurías construidas en un área de Terreno Municipal, ubicada en Sector Rosa Inés, Manzana C, calle 03 con prolongación de la Av. San Felipe El Fuerte. Parroquia San Felipe, Jurisdicción del Municipio San Felipe del estado Yaracuy. Dichas bienhechurías constan de una (01) casa con las siguientes características: techo de acerolit, piso de concreto, paredes de bloque de concreto, frisadas totalmente y pintadas con pintura de caucho; Cuya área total de terreno municipal es de CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (438,75 Mts2) y un área de construcción de VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTIMETROS (29,15 Mts2), siendo sus linderos particulares los siguientes: NORTE: Con prolongación de la Av. San Felipe el Fuerte que es su frente con 15,00 metros; SUR: Con casa y solar que es o fue de Silvana Domínguez. Con 18,00 metros. ESTE: Con calle 03, con 26,50 Metros y OESTE: Con bienhechurías que es o fueron de Escarleth García. Con 30,50 metros. El valor invertido es de VEINTE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 20.000.000,00). Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio, La Secretaria,

Abog. TRINO LA ROSA Abog. ERMILA RODRIGUEZ

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles, a la parte interesada.

La Secretaria,

Sol. N° 1747/lags.- Abog. ERMILA RODRÍGUEZ