REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 17 de julio de 2018
Años: 208º y 159º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas BLANCO FIGUEROA ONNI YUSMELI, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-14.210.291; domiciliada en la avenida principal vía La Cumaca, casa Nº 13, sector Cañaveral, municipio Independencia, estado Yaracuy y OSORIO VELIZ MAGALY JOSEFINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-7.559.553; domiciliada en la urbanización Nuevo Cañaveral, calle F entre esquinas D y H, casa Nº 04-01, municipio Independencia, estado Yaracuy; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana RODRÍGUEZ DE BLANCO YARAMIR COROMOTO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-19.355.363, sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, y que por información desprendida del Informe Catastral emitido por la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, consisten en unas bienhechurías sobre terreno propiedad Municipal, construidas en un área de terreno que mide Novecientos Treinta y Cinco Metros con Cuarenta Centímetros (935,40 mts2) y un área de construcción de Sesenta y Dos Metros con Noventa y tres Centímetros (62,93 mts2), ubicada en el sector Cañaveral, calle principal Vía La Cumaca, municipio Independencia, estado Yaracuy, consisten: En una (01) casa con paredes de bloques ó concreto, techo de acerolit, piso de cemento, un (01) baño semi-empotrado con lavamanos, regadera, poceta y sus instalaciones de aguas negras como blancas, paredes frisadas, ventana de hierro con sus protectores, un (01) porche; encontrándose alinderadas de la siguiente manera: Norte: Futura calle; Sur: Casa que es ó fue de Eleida Mendoza; Este: Casa que es ó fue de Rafael Mendoza y Oeste: Casa que es ó fue de Orlando Figueroa. Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.-
La Jueza Temporal,

Abg. María Elena Camacaro.

La Secretaria Temporal,


Abg. Mayairy Y. Rangel O.

En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria Temporal,


Abg. Mayairy Y. Rangel O.