REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 26 de julio de 2018
Años: 208º y 159º
Vista la solicitud que dió comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanas GLENDYS YASMIN VELOZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-14.997.917; domiciliada en La Montaña, sector Oasis Club, calle 3, casa N° 4, municipio Independencia, estado Yaracuy, y ESMERALDA PEREZ ASUAJE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-12.080.928; domiciliada en La Montaña, sector Oasis Club, calle 2, casa N° 2, municipio Independencia, estado Yaracuy, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano RAFAEL RAMON CARACAS MEJIA, quien era venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-4.968.851; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos LEYDA AUDESDITA CORONEL de CARACAS, RAFAEL ALEJANDRO CARACAS CORONEL, RENNI YOUSET CARACAS CORONEL, RAICCI LEIDIS CARACAS CORONEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números V-7.556.055, V-14.918.999, V-15.769.500, V-14.798.207 respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones que forman el expediente N° 4.414-18; a la solicitante y déjese copia en el archivo del Tribunal.
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Rangel
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Rangel