REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 09 de julio de 2018
Años: 208º y 159º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: RONAL YAIR BOLIVAR ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.951.300, domiciliado en Agua Negra, calle principal con la calle el puente, casa Nº 148, Municipio Veroes estado Yaracuy; y JOSE RICARDO ARTEAGA PRIMERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.284.648, domiciliado en Cocorotico, sector José Gregorio Hernández, calle Nº 2, casa Nº 3961, Municipio San Felipe estado Yaracuy, este Juzgado Tercero de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana GLORIA JOSEFINA GUERRERO MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.284.885; sobre unas bienhechurías, construidas en un terreno Municipal, con un área de terreno según informe técnico de DOSCIENTOS VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (222,51 Mts2) y un área de construcción de CIENTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (122,75 Mts2) con un valor aproximado de SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.200.000,00), ubicado en la Av. Libertad entre calles 07 y 08 Marín, Parroquia San Javier - Marín, Jurisdicción del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, las cuales están construida en una estructura de concreto, paredes de bloques frisadas, techo de acerolit, con instalaciones eléctricas, instalaciones de aguas blancas y aguas negras, distribuida de la siguiente manera: Cuatro (04) ventanas y dos (02) puertas de hierro, tres (03) habitaciones, una (01) cocina, un (01) comedor y un (01) baño. Las cuales se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Solar y casa que es o fue de Yesica Aguilar, con (9,75 mts); SUR: Av. Libertad que es su frente, con (9,60 mts); ESTE: Casa y solar que es o fue de Carmen Mujica, con (22,90 mts); y OESTE: Casa y solar que es o fue de Mariangel Castillo, con (23,10 mts). Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,



Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,



Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,



Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
Solicitud Nº 1861/kb