REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 04 de junio de 2018
Años: 208º y 159º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: WUILIAN ALFREDO CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.509.027, domiciliado en Albarico, carretera vía Aroa, casa s/n Municipio San Felipe estado Yaracuy; y JOSE GREGORIO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.281.734, domiciliado en Albarico, final de la Calle Cedeño, sector Colinas de Albarico, casa s/n, Municipio San Felipe estado Yaracuy, este Juzgado Tercero de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano ANTONIO JOSE PEROZO PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.964.226; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad Municipal, con un área de terreno según Informe Técnico de SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (636,33 Mts2) y un área de construcción de CIENTO NUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (109,65 Mts2) con un valor aproximado de SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 70.000,00), ubicado en la Carretera vía Aroa, frente a Soteica, sector Banco Obrero, Parroquia Albarico, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, las cuales consisten en una casa de bloque, piso de cemento, techo de acerolit, con cinco (05) habitaciones, una (01) sala-comedor, una (01) cocina y una (01) sala de baño. La cual se encuentra alinderada de la siguiente manera: NORTE: Con retiro de la quebrada los Muerticos con (16,45 mts); SUR: Con carretera vía Aroa con (12,55 mts); ESTE: Con casa y solar que es o fue de la familia Escalona con (43,80 mts); y OESTE: Con casa y solar que es o fue de la familia Chirinos con (43,95 m). Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,



Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,



Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,



Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
Solicitud Nº 1835/kb