REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
El presente traslado es gratuito, como lo consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En horas de despacho del día de hoy 5 de junio de 2018, siendo las 9:30 a.m., de conformidad con lo ordenado en autos, se trasladó y constituyó este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a cargo del Juez Provisorio Abogado TRINO LA ROSA VAN DER DYS y la Secretaria Abogada ERMILA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.194.808 y 13.094.551 respectivamente, en la siguiente dirección: Quinta Avenida entre Calle 23 y Quebrada Guayabal del Municipio Independencia, Estado Yaracuy, a los fines de practicar la ejecución forzosa ordenada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en el juicio de REIVINDICACIÓN, incoado por la ciudadana NATALI SOLQUIVIA BORGES SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.276.168, contra INVERSIONES LA CASA DEL TÉCNICO C.A., representada por el ciudadano OMAR ENRIQUE PÉREZ OROZCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.964.646; dicho traslado se realizó en compañía de la ciudadana NATALI SOLQUIVIA BORGES SILVA, ya identificada y su co-apoderado judicial, abogado en ejercicio FRANCISCO HERRERA, Inpreabogado Nº 187.343, asimismo se deja constancia que se hizo acompañar de un funcionario policial, cuyo Jefe de Comisión es el Oficial Leoncio Reyes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.653.480, funcionario adscrito a la Comandancia de Patrulleros/Municipio Independencia del estado Yaracuy. Seguidamente, este Tribunal procede a notificar de su misión, a la ciudadana YEXY LEIMAR PÉREZ OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.709.597, en su carácter de encargada de la empresa mercantil INVERSIONES LA CASA DEL TÉCNICO C.A. Acto seguido, este tribunal de conformidad con el decreto de ejecución forzosa ordenado, procede a dejar constancia de la restitución del inmueble objeto del presente mandamiento, en la persona de la ciudadana NATALI SOLQUIVIA BORGES SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.276.168, dejando constancia igualmente que dicho inmueble se encuentra constituido por: “…un local construido en terreno propio con un área de Ciento Once Metros Cuadrados con Sesenta y Seis Centímetros (111,66 mts2), ubicado en la Quinta Avenida entre Calle 23 y Quebrada Guayabal del Municipio Independencia, Estado Yaracuy, dicho inmueble mide Cuatro Metros (4 mts) de frente por Seis Metros con Ochenta y Nueve Centímetros (6,89 mts) de fondo para un área de veintisiete (sic) con cincuenta y seis centímetros (sic) (27,56 mts2), según documento de propiedad, y que se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa que es o fue de Martín Cambero. SUR: Quinta (5ta) Avenida. ESTE: Casa que es o fue de Flor Tejera. OESTE: Familia Juárez; según se evidencia en documento inicialmente autenticado por ante la Notaría Pública de San Felipe del Estado Yaracuy, en fecha 18/06/2014, dejándolo anotado bajo el número 18, Tomo 132, de los libros de autenticaciones llevados por dicha notaría; y posteriormente registrado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracuy, en fecha 13/04/2015 (folios 05 al 13) y marcado con la letra “A”, quedando inscrito bajo el número 2015.739, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el número 462.20.11.1.2984 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2015; y por documento público de Aclaratoria dirigida al ciudadano Registrador Público de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracuy, suscrito por la ciudadana Natali Solquivia Borges Silva, el cual se encuentra debidamente registrada por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracuy, de fecha 14/04/2015 (folio 14 al 19), quedando inscrito bajo el número 2015.739, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el número 462.20.11.1.2984 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2015;…”, con lo cual este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote, de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara restituido el descrito inmueble a la parte ejecutante, ciudadana NATALI SOLQUIVIA BORGES SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.276.168, libre de bienes y personas y cumplida como ha sido la presente misión, consecuencialmente, se ordena remitir las presentes actuaciones en original con sus resultas, al tribunal de la causa, así como el regreso a la sede, siendo las 9:50 a.m. Se ordena su publicación en la página web llevada por este Tribunal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. ---------------------------------------
El Juez Provisorio,


Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS


Apoderado Judicial de la parte demandante



La Notificada
Funcionario Policial



La Secretaria,


Abg. ERMILA RODRÍGUEZ