REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 06 de junio de 2.018
Años: 208º y 159º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas IRMA ROSA PEREZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.144.282, domiciliada en la Av. 09 entre calles Nº 18 y 19 casa s/n, sector Teófilo Domínguez, Municipio San Felipe estado Yaracuy y ODALYS ANTONIA YOVERA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.552.843, domiciliada en la 6ta avenidas entre 23 y 24, Sector Simón Bolívar, casa Nº 23-24 Municipio Independencia, Estado Yaracuy, sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos SERGIO ADOLFO ROA OROZCO, ISABEL RAMONA ROA DE GAZUI, WILFREDO ANTONIO ROA OROZCO, RAFAEL JOSÉ ROA OROZCO y ALCIRA COROMOTO ROA OROZCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-4.123.027, V-4.474.724, V-5.456.466, V-5.465.105 y V-7.558.391 respectivamente, del ciudadano ADOLFO ANTONIO ROA CORONEL, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-823.382. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,

Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,

Abg. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de veinte (20) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abg. ERMILA RODRIGUEZ
Exp. Solicitud. 1841/ kb.