REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Primero (1°) de marzo del año (2018)
(207° y 159°)

ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE INFORMES

En horas de Despacho del día de hoy, Jueves, Primero (1°) de marzo del año (2018), siendo las diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45 a.m.), día y hora fijada por este Tribunal mediante auto de fecha (27/02/2018), para que se lleve a cabo la AUDIENCIA ORAL DE INFORMES; relacionado con el EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000342; relativo al RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE ANULACIÓN, CONJUNTAMENTE CON SOLICITUD DE MEDIDA DE SUSPENSION DE EFECTOS, que sigue la ciudadana NORIS JOSEFINA SALAZAR QUINTERO, venezolana y titular de la cédula de identidad número V-10.861.426; actuando en este acto como causahabiente del ciudadano LUIS OSWALDO VELIZ (†)., contra ACTO ADMINISTRATIVO dictado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) en PUNTO DE CUENTA N° 1230003863, otorgado por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), en fecha (22/04/2016), en sesión ORD-689-16, denominado CARTA DE REGISTRO AGRARIO Y CARTA AGRARIA a favor de la Ciudadana YOLANDA MERCEDES VELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.912.439, se anunció el acto en las puertas del Tribunal. Presentes en la Sala de Audiencia de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, la Dra. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR, el abogado IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ, y el abogado ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA, con el carácter de Jueza, Secretario Temporal y Alguacil de este Juzgado, respectivamente; igualmente, se encuentran presentes los Abogados HENRRY JACOB MOTA FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.122.944, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 13.181, en su carácter de apoderado judicial del Instituto Nacional de Tierras (INTI) (Parte Recurrida) y Abogado OSMONDY CASTILLO SÁNCHEZ, Defensor Público Primero (1°) en Materia Agraria, adscrito a la Unidad de Defensa Pública de esta Circunscripción Judicial e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 56.246, en representación de las Terceras Interesadas en la presente Causa, Ciudadanas LUISA ANGELICA VELIZ y YOLANDA MERCEDES VELIZ, Venezolanas, Titulares de la Cedula de Identidad N°V-18.660.367 y N°V-3.912.439, de las cuales se encuentra presente en este Acto, Ciudadanas LUISA ANGELICA VELIZ, antes identificada. Se deja constancia de la no comparecencia a este Acto de la (Parte Recurrente) ciudadana NORIS JOSEFINA SALAZAR QUINTERO, venezolana y titular de la cédula de identidad número V-10.861.426; actuando en este acto como causahabiente del ciudadano LUIS OSWALDO VELIZ (†) ni su representación judicial, Abogado BALMORE RODRÍGUEZ NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.506.089, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 34.902. En este estado la ciudadana Jueza Superior, toma el derecho de palabra a los fines de presentarse ante la parte presentes, informando que puede hacer uso del tiempo que requiera necesario para realizar su exposición. Seguidamente, la ciudadana Jueza le concede el derecho de palabra al Abogado OSMONDY CASTILLO SÁNCHEZ, antes identificado y señala brevemente a los presentes un resumen de lo acontecido en el predio en conflicto, igualmente señala que las ciudadanas Luisa, Miriam, acudieron a la sede de la Defensoría Pública aproximadamente en el mes de Mayo del 2015, y tuvieron analizando dicho cas, igualmente señala que a la muerte del Sr. Luis Oswaldo Veliz, identificado en autos, el CICPC del municipio Nirgua enraban al fundo sin permiso causando zozobra entre las personas allí presentes, señala que en cuanto al recurso introducido por la ciudadana Noris, accionado ante el Juzgado de Primera Instancia Agrario, fue desistido, igualmente señaló que el Sr. Luis Oswaldo Veliz, es reconocido por la población, como trabajador del campo y que eso no tiene discusión alguna, señala que la Sra María aun vive pero está en mal estado de salud lo que le impide trabajar en el campo, señala que hay una infraestructura fuerte en el predio, finalmente pide que sea declarado sin lugar el presente Recurso y seguidamente solicita a la ciudadana Jueza que por favor oiga a la ciudadana LUISA ANGELICA VELIZ, antes identificada a la cual se la da la palabra haciendo un breve recuento de lo acontecido en el predio posterior a la muerte del ciudadano Luis Oswaldo Veliz. Seguidamente se le concede la palabra al Abogados HENRRY JACOB MOTA FERNÁNDEZ, ya identificado y manifiesta que el instituto que representa cumplió con todos los requisitos de Ley para asignar los instrumentos agrarios atacados mediante este Recurso de Nulidad. Finalmente toma la palabra la ciudadana Jueza, indicándoles que la presente causa en estado de sentencia a partir de presente fecha (01/03/2018) (Exclusive), por de un lapso de sesenta (60) días continuos, se da por concluida la presente audiencia, se retira el ciudadano Juez al igual que los intervinientes. Por último siendo las once y treinta minutos de la mañana (11: 30 a.m.) el Juez ordena levantar y suscribir el Acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,


Dra. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR.




Abg. OSMONDY CASTILLO SÁNCHEZ
Representante de las Terceras Interesadas



Sra. LUISA ANGELICA VELIZ




EL ALGUACIL,


ABG. ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA



EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ













EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000342
MCGS/ILR/Rw