REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, doce (12) de marzo de (2018)
(207° y 159°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000369
Visto el correo electrónico lanegrarojas77mail.com emitido por la Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, al correo institucional de este Juzgado superior, por medio del cual remite Oficio N° 2018-JSPA-00091 de fecha (12-03-2018) en donde expone: “…que el argumento sobre el cual descansa el referido Oficio que pide la información de los expedientes identificados con los Números 00251 y 00174 (Nomenclatura particular de este despacho), no resulta sufiente para interrumpir la debida custodia que debe grantizar el Secretario del Juzgado conforme lo establecido en el artículo 108 del Código de Procedimiento Civil…”; En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, ordena agregar por Secretaría el Oficio ut supra mencionado al respectivo Expediente con el cual se relaciona. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ.
EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000369
MGS/ILR/dp