REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 15 de mayo de 2.018
Años: 208º y 159º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos EFRAIN ARGENIS HERNANDEZ REY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.370.773, domiciliado en la Av. 12 entre calles Nº 12 y 13 casa Nº 12-11, sector Caja de Agua, Municipio San Felipe estado Yaracuy y NORIS BIANEY PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.913.202, domiciliada en la calle Nº 30, entre avenidas 7 y 8, Sector Alegría, Municipio Independencia, Estado Yaracuy, sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, este Juzgado Tercero de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos ANA MERCEDES FERRER SOTO Y JOEL JOSE GALINDEZ CARUCI , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.551.788 Y V-3.869.594, respectivamente, del ciudadano JOEL RAMON GALINDEZ FERRER, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.282.952. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,
Abg. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. ERMILA RODRIGUEZ
Exp. Solicitud. 1817/ kb.