REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 26 de noviembre de 2018
Años: 208º y 159º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanas ADRIANA ISBET SAMBRANO PRADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.998.176, domiciliada en urbanización Luisa Cáceres de Arismendi, Municipio Independencia del estado Yaracuy y LEIDY HAYDE DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.767.057, domiciliada en Cocorote Barrio La Cruz, Municipio Cocorote del estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos ANA RAMONA RÍOS DE FREITEZ, YUSBELY SUAIL FREITEZ RÍOS, JOSÉ RIGOBERTO FREITEZ RÍOS Y ADRIANA ANDREÍNA FREITEZ RÍOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.505.422, 14.607.443, 16.260.032, y 18.303.521; respectivamente, del ciudadano RIGOBERTO FREITEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.967.847. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,

Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de dieciséis (16) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRIGUEZ
Sol. N° 1938/lags.-