REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 17 de Octubre de 2018.
Años: 208° y 159°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados ciudadanas: MARIA MARTINA GONZÁLEZ ALVARADO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.547.841 y domiciliado en Brisas del estadio, detrás de los bomberos, Calle 33 del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, y DORIS COROMOTO PIÑA OCHOA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.474.794 y domiciliada en la calle 32, casa Nº 31-51, del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de posesión a favor de la ciudadana OLGA SEQUERA BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº. V- 4.126.212. sobre un lote de terreno propiedad municipal, con un área de construcción de CUARENTA Y UN METRO CUADRADO CON NOVENTA Y SEIS CENTÍMETROS (41,96 M2); ubicada en la Calle 33 entre avenidas 10 y 11, del Municipio Independencia del este Estado Yaracuy; con un área aproximada de DOSCIENTOS VEINTICINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTÍMETROS (225,60 M2), con los siguientes linderos: NORTE: calle 33; SUR: casa que es o fue de la familia Arteaga; ESTE: casa que es o fue de la familia Arteaga; y OESTE: casa que es o fue de la familia Robles. Una bienhechurías de la siguiente manera: Con paredes de bloques de cemento frisado, techo de zinc y de acerolit, piso de cemento pulido, con todas sus instalaciones independiente de electricidad, agua blancas y negras, una habitación, una sala comedor, una cocina, un baño sencillo, con entrada totalmente independiente, cercado con paredes de bloques de cemento y rejas ornamentales de hierro. Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros sobre dichas bienhechurías. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia certificada de esta providencia en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. FIDEL ALEXANDER FIGUEROA JÁYARO.
LA SECRETARIA.
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA.
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.