REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 22 de Octubre de 2018.
Años: 208° y 159°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados ciudadanas: ALBY YASMIN FLORES GARRIDO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.515.144 y domiciliada en la avenida Francisco Domador, Sector Sabayo I, Urbanización Paraíso del Edén, casa Nº 1 del Municipio del Estado Yaracuy, y JESIMAR ALEXANDRA PÉREZ ESCALONA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.941.351 y domiciliada en Sector San Jacinto II, Calle 6, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de posesión a favor del ciudadano VÍCTOR ANTONIO MENDOZA DINOBILE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº. V- 15.768.984. Sobre un lote de terreno propiedad Municipal, ubicada en el Sector El Panteón, Avenida 3, entre calles catorce (14) y quince (15) de la Jurisdicción, del Municipio San Felipe del este Estado Yaracuy con una superficie de CIENTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS (151,58M2); comprendía dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con avenida 03 que es su frente. Con 6,45 metros; SUR: Con inmueble que es o fue de la sucesión Meza Pinto, con 5.65 metros; ESTE: con Inmueble que es o fue de la sucesión Fermín Segundo Lobatón, con 23,55 metros; y OESTE: Con inmueble que es o fue de la Sucesión Meza Pinto, con 23,50 metros. con un área total de construcción de CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS Y TREINTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS (130,37 M2), con fundaciones y estructuras de concreto, paredes de concreto frisada por ambos lados, piso de cemento, una ventana de hierro, con su protectores de hierro, con todas sus instalaciones eléctricas, así como servicios básicos para aguas blancas y negras. Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros sobre dichas bienhechurías. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia certificada de esta providencia en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. FIDEL ALEXANDER FIGUEROA JÁYARO.
LA SECRETARIA.
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA.
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
Sol. Nº 023-18