REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 17 de Octubre de 2.018
Años: 208º y 159º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, las ciudadanas ANA RAFAELA MENDOZA ZUMETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.476.587, domiciliada en Guama, Calle los Mendoza entre Avenida Bolívar y Occidente, casa s/n, Municipio Sucre, estado Yaracuy y LEONOR ALECIA RANGEL DE CANELON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.463.732, domiciliada en Guama, Calle Occidente entre el Maguito y la Cruz casa Nº 40, Municipio Sucre, estado Yaracuy, sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a la ciudadana YNDIANA COROMOTO GARRIDO GARRIDO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-22.960.976, de la ciudadana ELIZABETH LISZETT GARRIDO FIGUEROA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.911.503. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,

Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,

Abg. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abg. ERMILA RODRIGUEZ
Exp. Solicitud. 1916/ kb.