REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
El presente traslado es gratuito, como lo consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En horas de despacho del día de hoy 30 de octubre de 2018, siendo las 9:00 a.m., se trasladó y constituyó este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; a cargo del Juez Provisorio Abogado TRINO LA ROSA VAN DER DYS y la Secretaria Abogada ERMILA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.194.808 y 13.094.551 respectivamente, con el fin de practicar Inspección Judicial en la solicitud Nº 1907 nomenclatura de este Tribunal, en la siguiente dirección: Calle 29 entre 4ta y 5ta avenidas, sede de la Alcaldía del Municipio Independencia del estado Yaracuy, donde fue conducido por el ciudadano PADRÓN LANDAETA GERARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.517.347, debidamente asistido por el abogado CESAR RAMÍREZ, Inpreabogado Nº 224.347. Se notificó de la misión a la Sindico Municipal de la referida Alcaldía, Abogada ALEJANDRA ISAURA DELVIGNE M., Inpreabogado Nº 108.984. Seguidamente, se procede a dar cumplimiento a los particulares de la Inspección Judicial solicitada de la manera siguiente: PRIMERO: El Tribunal deja constancia que se constituyó en la dirección arriba señalada, con lo cual se da por reproducido el presente particular; SEGUNDO: Se deja constancia que efectivamente existe una ficha catastral a nombre del ciudadano JOSÉ PADRÓN V-827.130, ficha Nº 060338 de fecha 8-12-1997; TERCERO: El Tribunal deja constancia que no existe dentro de las documentales insertas en la carpeta correspondiente y facilitada por los funcionarios de la Oficina de Catastro de la referida Alcaldía, documento alguno de compra-venta emanado del ciudadano José Benito Padrón, V-827.138 hacia algún otro ciudadano; CUARTO: El Tribunal deja constancia que según la ficha catastral ya descrita aparece como propietario el ciudadano JOSÉ PADRÓN, C.I. 827.130, de fecha 8-12-1997 y posteriormente aparece un título supletorio solicitado por el ciudadano José Benito Padrón, Oscar José Malpica Landaeta e Irma Rosa Padrón Landaeta, titulares de las C.I. Nº 8.511.476, 4.477.559 y 7.917.489 respectivamente, correspondiente al inmueble ubicado al final de la calle Las Madres - Corocito, Municipio Independencia del estado Yaracuy (descrito en la Ficha Catastral) y tramitado ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy y de fecha 21-04-1997; asímismo consta otra ficha catastral con el mismo número de ficha y del año 1982, en el orden correlativo de los documentos presentados en dicha carpeta; QUINTO: El Tribunal deja constancia que se procedió a la reproducción fotostática del expediente facilitado por la Oficina de Catastro de la Alcaldía del Municipio Independencia, estado Yaracuy, contentiva de 10 folios útiles y en cuanto al SEXTO particular, el Tribunal lo da por reproducido con el particular anterior. Se deja constancia que la presente inspección se hizo acompañar de funcionarios policiales, siendo el Jefe de Comisión el ciudadano Oficial Jefe ILDEFONZO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.374.398. En este estado el Tribunal no teniendo más particulares a los cuales dejar constancia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara PRACTICADA LA INSPECCIÓN JUDICIAL y habiendo cumplido su misión acuerda el regreso a su sede siendo las 10:10 a.m. Terminó, se leyó y conforme firman.-
El Juez Provisorio.


Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
Parte solicitante / Abogados asistentes

La Notificada
Funcionario Policial

La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRÍGUEZ