REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Lunes (17) de Septiembre de (2018)
(208º y 159º)

EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000275

Vista la consignación de la Ciudadana Alguacil Titular adscrita a este despacho de la notificación positiva de la parte accionante y en cumplimiento al particular tercero de la admisión del presente recurso el cual establece: “… Una vez conste en autos la notificación de la parte accionante, se ordena la emisión de un CARTEL DE EMPLAZAMIENTO, de acuerdo a lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Decisión No. 1708, de fecha 16 de noviembre de 2.011, Expediente número 2009-0695, el cual tendrá como objeto notificar a los terceros interesados si los hubiere en el caso, así como a cualquier persona natural o jurídica que hayan sido notificados o participado en vía administrativa, y demás terceros que tengan interés en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad”. En tal sentido, este Juzgado Superior Agrario en aras de ser garante del debido proceso, derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva preceptos de rango constitucional ordena la emisión del CARTEL DE EMPLAZAMIENTO, de acuerdo a lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Decisión No.1708, de fecha 16 de noviembre de 2.011, Expediente número 2009-0695, el cual tendrá como objeto notificar a los terceros interesados si los hubiere en el caso, así como a cualquier persona natural o jurídica que hayan sido notificados o participado en vía administrativa, y demás terceros que tengan interés en el Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad, para que procedan de igual manera a oponerse al mismo, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al vencimiento del lapso otorgado anteriormente a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a lo establecido en el artículo 108 de la Ley que rige dicho Órgano; el cual será publicado en un diario de circulación regional, (Estado Yaracuy), en dimensiones que hagan fácil su lectura; dicho cartel deberá ser retirado, publicado en el referido periódico y consignado un ejemplar que contenga la publicación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiere expedido, so pena de perención breve de conformidad con la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del tribunal Supremo de Justicia. Es todo. Cumplase.
LA JUEZ SUPERIOR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

EL SECRETARIO,


IRVING LEONARDO REYES.




EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000275.-
MGS/IR.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
CARTEL DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:
A los TERCEROS INTERESADOS así como a cualquier persona natural o jurídica que hayan sido notificados o participado en vía administrativa, y demás terceros que tengan interés en el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD, que cursa en el Expediente Nº JSA-2015-000275, (nomenclatura particular de este despacho), que este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, por decisión de fecha (14/08/2018) ADMITIÓ la sustanciación de la Acción interpuesta por el ciudadano OSWALDO RAFAEL CASTILLO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad número V-5.464.458, actuando en su propio nombre y en representación de la Sucesión MARÍA ASCENSIÓN CASTILLO GONZÁLEZ, identificada con el Registro de Información Fiscal bajo el número J-309832279-4, contra el Acto Administrativo dictado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en Sesión N° 68-15 de fecha (27/01/2015), Punto de Cuenta N° 8, consistente en la IMPROCEDENCIA DE LA SOLICITUD DE REVOCATORIAS incoada por el ciudadano ut supra señalado, sobre los siguientes instrumentos agrarios: 1) Titulo de Adjudicación de Tierras Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario N° 2233316582013rat238765, aprobados en reunión 547-13 de fecha 09 de octubre de 2013, otorgados a su favor, sobre un lote de terreno denominado “EL REY”, ubicado en el Sector Mata Caballo, Asentamiento campesino La Palma y Otros, Parroquia Urachiche del estado Yaracuy, constante de una superficie de DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (2275 m2); y 2) Autorización para Registrar Bienhechurías; aprobados en reunión 479-12 de fecha 11 de octubre de 2012, a favor del ciudadano ALONSO REY BRETON, titular de la cédula de identidad número V-13.810.645, sobre un lote de terreno ubicado en el asentamiento campesino La Palma y otros, Sector Mata Caballo, Municipio Urachiche del estado Yaracuy.; En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 163 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario se le concede un lapso de diez (10) días de despacho, para que procedan a oponerse al presente Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad, dicho lapso será computado una vez haya fenecido el lapso de suspensión previsto en el artículo 108 del Decreto con Rango, Valor y fuerza de ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela publicada en la Gaceta Extraordinaria N° 6.220 de fecha 15 de Marzo de 2016
En San Felipe, a los diecisiete (17) días del mes de Septiembre del año dos mil dieciocho (2018). Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
LA JUEZ SUPERIOR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO

IRVING LEONARDO REYES.




EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000275
MGS/IR.-