REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintiocho (28) de enero de (2019)
(208° y 159°)
ACTA MESA DE TRABAJO
En horas de Despacho del día de hoy, lunes veintiocho (28) de enero de (2019), siendo las dos horas post meridiem (02:00 p.m.), oportunidad procesal y hora fijada por este Tribunal mediante decisión de fecha (19/12/2018) y diferida por auto de fecha (23/01/2019) a los fines de que tenga lugar la celebración de la Mesa de Trabajo, en la presente causa Nº JSA-2018-000460 (nomenclatura particular de este Juzgado Superior), relacionada con la MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA SIEMBRA, sobre un lote de terreno ubicado en el sector Cumbre Azul, Municipio Independencia Estado Yaracuy, con una superficie de TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS (3571,36 m2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: final calle los abogados; SUR: Urbanización Oasis club. ESTE: Miguel Obolio. OESTE: Wilber Padilla; que sigue el ciudadano JUAN JOSÉ JUÁREZ CISNEROS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-13.770.676, Seguidamente se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencia de este Juzgado Superior Agrario, el DR. IVÁN EDGARDO PALENCIA ARIAS, la TSU. DEGMAR YUBIRY PÉREZ CAMPO y la ciudadana EMPERATRIZ MARIEL RAMÍREZ, con el carácter de Juez Superior (Suplente), Secretaria Accidental y Alguacil Titular, respectivamente. De igual modo, se deja constancia que se encuentran presentes en este acto el abogado HENRY JACOB MOTA FERNÁNDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 13.181, en su carácter de apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, así mismo se encuentra presente el ciudadano JUAN JOSÉ JUÁREZ CISNEROS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-13.770.676, así como sus apoderados los abogados SICLIMAR DUVELIZ RAMÍREZ y LENYNG STIVEV DÍAZ LÓPEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números. 202.944 y 154.811 respectivamente, también presentes en este acto. También presente en esta sala de audiencias la abogada ALEJANDRA DELVIGNE, titular de la cedula de identidad N° 13.986.423, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 108.984, SINDICO DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA. De seguidas, el Juez Superior Agrario Suplente da inicio a la mesa de trabajo, concediéndole el derecho de palabra la abogada SICLIMAR DUVELIZ RAMÍREZ, antes identificada, quien le indica que existe una medida de rescate que lleva la alcaldía de Independencia sobre el lote de terreno objeto de la presente medida, así mismo indica al Juez que salieron unas carpetas con unas fotos que no coincidía con el lote de terreno por parte de la alcaldía, pero al hacer una inspección conjunta con la sindicatura que dicho lote de terreno estaba incluido en el rescate, alegando que dicho lote de terreno siempre ha estado productivo , por lo que se interpuso en la alcaldía todo los recursos necesarios, en el lote de terreno se practico una inspección en la cual la alcaldía nombro como expertos técnicos que pertenecían a esa institución, indicando que debieron solicitar técnicos competentes en el área agrícola. en este estado, toma el derecho de palabra la abogada ALEJANDRA DELVIGNE, SINDICO DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA exponiendo que los terrenos aludidos se corresponden a terrenos municipales , en los cuales la alcaldía en el año 2016- 2017 inició un procedimiento de rescate, para ese entonces el señor JUAN JOSE JUAREZ CISNERO no era el propietario, verificando que se encontraba abandonado, con siembra de algunas plantas pero se encontraba enferma, para ese entonces notificamos a la señora CELINA quien dijo ser la propietaria de dicho lote de terreno, , así mismo indico que no hay vivienda sino bienhechurías consistentes en tres paredes, plantas de aguacate y de naranjas que se encuentran enfermas. Asi mismo manifiesta que hubo incumplimiento por parte del ciudadano Juan José Juárez Cisneros cuando se le adjudico construir una vivienda y el ciudadano e hizo otras labores violando la ordenanza, en ningún momento se le vulnero derecho a la siembra, la adjudicaciones que hace la alcaldía pueden ser simples o con opción a compra, al ciudadano se le concedió una adjudicación simple que se le venció al año. Seguidamente el ciudadano Juez concede el derecho de palabra el abogado HENRY MOTA apoderado del INTI afirmando que el instituto que representa es el administrador de las tierras con vocación agrícola quien indica o solicita al tribunal que es necesario una inspección judicial, para determinar la producción, y que es necesario en dicha inspección el Tribunal se haga acompañar por un técnico del INSAI. En este estado toma el derecho de palabra el ciudadano Juez quien acuerda que se debe practicar dicha inspección, para lo cual se notificara tanto a la Oficina Regional de Tierras como al INSAI para que designen un técnico por cada institución. Toma el derecho de palabra el ciudadano JUAN JOSE JUAREZ CISNERO quien le indica que un concejal le ha estado rondando, y que el mismo construyo un rancho en el terreno objeto de la presente Medida manifestando que los vecinos le ayudaron a destruirlo, así mismo menciona que se encontró con dos personas en dicho predio, la cuales le informaron que ellos estaban allí porque el concejal HIERSON COLINA le dijo que limpiaran el terreno que el le cancelaria con 2 cajas de comidas, por ultimo manifestó que lo que busca una solución alegando que si es la alcaldía quien levanto el procedimiento porque el concejal manda a limpiar el terreno que el ocupa. En este orden de ideas toma el derecho de palabra Ciudadano Juez quien ordena agregar los documentos presentados por las partes, fijando el traslado y constitución de este Tribunal para el día primero (01) de febrero del año (2019) a las (09:00 a.m.), ordenando librar los correspondientes oficios de notificación. En este estado siendo las (02:40 p.m.) se da por concluida la presente mesa de trabajo. Es todo se leyó y conformes firman
EL JUEZ SUPLENTE,
DR. IVÁN EDGARDO PALENCIA ARIAS
LA PARTE SOLICITANTE,
APODERADOS JUDICIALES
DE LA PARTE SOLICITANTE,
SINDICO DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA
ABG. HENRY JACOB MOTA FERNÁNDEZ
LA AGUACIL TITULAR,
EMPERATRIZ MARIEL RAMÍREZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
TSU. DEGMAR YUBIRY PÉREZ CAMPO
EXPEDIENTE N° JSA-2018-000460.-
MCGS/LRCG/JA.-