REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Siete (07) de Enero de 2019.
AÑOS: 208º y 159º
ASUNTO: UP11-J-2018-000752
SOLICITANTE: Ciudadana CARMEN CRISTINA ZAMBRANO ROMERO venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 2.135.127
MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA COBRO DE BENEFICIOS
BENEFICIARIA: la niña Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacida en fecha 23 de Octubre del 2009
En 27 de Noviembre de 2018, fue recibida por este Tribunal, la solicitud interpuesta por la ciudadana CARMEN CRISTINA ZAMBRANO ROMERO venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 2.135.127, actuando en representación de la niña Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA , nacida en fecha 23 de Octubre del 2009 , asistido por la abogado NORIS GIMÉNEZ N° 218.319. En fecha 14 de Diciembre de 2018, siendo la oportunidad para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas, se evacuaron las mismas y se dictó el dispositivo oral.
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto, esta Juzgadora observa:
De la copia certificada de la sentencia referente a título de Únicos y universales herederos, dictada en fecha 09 de Octubre de 2017, cursante a los folios 03 al 04 del expediente, se desprende la condición de hija y universal heredero, , y a la niña Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacida en fecha 23 de Octubre del 2009 , con respecto al causante MARLLENI COROMOTO BLANCO ZAMBRANO, quien en vida era titular de la cédula de identidad N° 15.454.856 , fallecida en fecha 02 de Enero de 2018 , así como la filiación de la niña antes mencionada con respecto a la solicitante ciudadana CARMEN CRISTINA ZAMBRANO ROMERO venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 2.135.127 , por lo que se le otorga valor probatorio.
Visto que se cumplieron los requisitos de procedencia de la presente solicitud, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Conceder AUTORIZACIÓN JUDICIAL a la ciudadana CARMEN CRISTINA ZAMBRANO ROMERO venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 2.135.127 en representación de su nieta la niña Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacida en fecha 23 de Octubre del 2009 para que pueda proceda a realizar los trámites correspondiente por ante los organismos correspondientes para el cobro de Prestaciones Sociales, cuentas bancarias, seguros de vida, seguro social, Monte Pío, Ahorro habitacional, pólizas de seguro, así como cualquier otro beneficio o prestación que por su relación laboral, tales como Fideicomiso, caja de ahorros, seguro de vida, pensión de sobreviviente, que les corresponda a la niña Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacida en fecha 23 de Octubre del 2009, con motivo del fallecimiento de su madre la ciudadana MARLLENI COROMOTO BLANCO ZAMBRANO, quien en vida era titular de la cédula de identidad N° 15.454.856 , fallecida en fecha 02 de Enero de 2018 , debiéndose remitir a este Circuito Judicial de protección de Niños, niñas y Adolescentes del estado Yaracuy, CHEQUE DE GERENCIA, por la cantidad que le corresponda a la adolescente de autos a los fines de abrir cuenta de ahorro a su nombre.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, Siete (07) de Enero de 2019. Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
La Jueza,
Abg. ROSSMARY CEBALLOS OLMOS
La Secretaria,
Abg. ARNEL FALCON
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, se cumplió con lo ordenado. La Secretaria,
Abg. ARNEL FALCON
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