REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintiuno (21) de febrero de (2019)
(208° y 160°)
EXPEDIENTE N° JSA-2018-000439
Visto que en esta misma fecha veintiuno (21) de febrero de (2019), se recibió Oficio N° 2019-030 de fecha (01/02/2019) emanado del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas y estado Miranda, remitiendo adjunto RESULTAS DE LA COMISIÓN debidamente CUMPLIDA, mediante Oficios números JSA-0338/2018 y JSA-0342/2018 de fecha (26/06/2018) al PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) y al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, en su orden; constante de nueve (9) folios útiles; y por cuanto en fecha veintiséis (26) de noviembre de (2018), la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia me designó como Juez Suplente del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, y prestado el debido juramento de Ley en fecha (30/11/2018), verificado así mismo mi toma de posesión de funciones en este Tribunal en fecha (07/01/2019) según consta en acta Nº 367 del Libro respectivo llevado por este Despacho; me ABOCO al conocimiento de la presente causa y ORDENO agregar por Secretaría el referido Oficio y sus anexos al respectivo expediente para que surta sus efectos legales. Por cuanto, de los referidos anexos se observa foliatura que no corresponde a la del presente expediente, se acuerda testarlas y colocar la foliatura correspondiente de acuerdo al orden cronológico del mismo, de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Ahora bien, se evidencia que este Juzgado Superior por auto de fecha (23/10/2018), informó a las partes que una vez constara en autos la consignación de las notificaciones ordenadas en fecha (08/10/2018), se pronunciaría sobre la apelación ejercida en fecha (18/10/2018) por la parte recurrente; en consecuencia, este Tribunal ACUERDA, pronunciarse sobre el citado Recurso Ordinario de Apelación, el día de despacho siguiente una vez haya transcurrido el lapso de apelación previsto en el artículo 174 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual se inició a partir de la presente fecha (21/02/2019) (Exclusive) dado que ya constan en el Expediente todas las notificaciones de las partes. Cúmplase.-
EL JUEZ SUPLENTE,
DR. IVÁN PALENCIA ARIAS
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. RICHARD JOSÉ WORMES CORONA
EXPEDIENTE N° JSA-2018-000439
IPA/RJWC/mp