REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 29 de julio del 2.019.
Años: 209º y 160º.

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanas TOVAR DURAN CRISMAR ANGELICA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 20.465.096 y LOPEZ SILVA ADA MAYRED, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.519.705; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano LISAYA ANGEL MIGUEL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 11.654.953; debidamente asistido por el abogado JIMENEZ LISAYA CESAR RAFAEL, inpreabogado N° 167.583; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad INTU, con una superficie aproximada doscientos treinta y cuatro metros cuadrados con ochenta y dos centímetros (234,82 mts2) y un área de construcción de doscientos veintiocho metros cuadrados con sesenta y cinco centímetros (228,65 mts2), ubicado en la avenida 19 de Abril con calle 09, sector Las Tapias, municipio San Felipe, estado Yaracuy; constantes de una (1) casa de dos niveles, distribuidas de la siguiente forma; dos (2) salas, un (1) porche, un (1) recibo, un (1) comedor, cinco () habitaciones, una (1) cocina, un (1) garaje, un (1) baño con sus respectivas cerámicas, un fregadero, techo de platabanda, paredes de bloques frisadas, piso de cemento liso, instalaciones de agua y electricidad, cerca perimetral de bloques de cemento; cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: con casa y solar que es o fue de David Maturet, con 22,10 mts; SUR: Casa y solar que es o fue de de Víctor González con 22,00 mts; ESTE: con av. 19 de Abril que es su frente, con 10,85 mts; y OESTE: con solar de la casa que es o fue de Onelia Perozo, con 10,45 mts. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza,

Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En la misma fecha, se devuelve original con sus resultas.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.