REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dieciséis (16) de mayo de 2019
(209° y 160°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2013-000232
Verificada una revisión íntegra de las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial la diligencia efectuada por la ciudadana Alguacil titular de este Tribunal el día ocho (08) de abril de 2019, que consta al folio (143), mediante la cual consignó original de la Boleta de Notificación de mi Abocamiento dirigida a la parte recurrente Sociedad Mercantil “AGROPECUARIA KRISMA C.A.”, y/o a su representación judicial; sin firmar, en razón a que en el domicilio procesal de la referida empresa, fue informada, por la persona que le atendió, que desde hacía cinco (05) años la recurrente se había mudado de allí por haberle vendido sus instalaciones y terreno a la sociedad mercantil Avícola Ebenezer; y que no obstante lo indicado, procedió a fijar la boleta en las instalaciones de la misma por ser ese el domicilio procesal constituido por el recurrente en esta causa y le informó que la Sociedad Mercantil “AGROPECUARIA KRISMA C.A.” quedaba notificada del abocamiento del nuevo Juez y de la obligación a concurrir al Tribunal a manifestar, dentro del plazo indicado en la boleta, su deseo de continuar el procedimiento, por tanto; se ordena practicar por Secretaría cómputo de los días de despacho transcurridos desde la fecha ocho (08) de abril de 2019 (exclusive), con el objeto de verificar el cumplimiento de los lapsos de ley establecidos en el Auto de Abocamiento emitido el día quince (15) de marzo de 2019, específicamente (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, tres (3) días de despacho establecido en el artículo 90 eiusdem más (5) días de despacho, que se concedieron a la parte actora para que manifestara su interés en continuar con el Recurso de Queja incoado por ante esta instancia. Cúmplase.
EL JUEZ SUPERIOR AGRARIO (SUPLENTE),
DR. IVÁN PALENCIA ARIAS
EL SECRETARIO (TEMPORAL),
ABG. RICHARD WORMES CORONA
Quien suscribe, ABG. RICHARD WORMES CORONA, Secretario temporal del Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy, HAGO CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Juzgado Superior, se evidencia que: Desde el día ocho (08) de abril de 2019 Exclusive hasta el día de hoy exclusive, han transcurrido en este Tribunal los siguientes días de despacho: 09, 10, 11, 12, 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 de abril, los días 02, 03, 06, 07, 08, 09, 10, 13, 14 y 15 de mayo, todos del año 2019; es decir han transcurrido un total de veintiún (21) días de despacho.
EL SECRETARIO (TEMPORAL),
ABG. RICHARD WORMES CORONA
EXPEDIENTE Nº JSA-2013-000232
IEPA/RWC/jm