REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dos (02) de mayo de (2019)
(209° y 160°)


EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000271

Por cuanto en fecha veintiséis (26) de noviembre de (2018), la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, me designó como Juez Suplente del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, y prestado el debido juramento de Ley en fecha (30/11/2018), verificado así mismo mi toma de posesión de funciones en este Tribunal en fecha siete (7) de enero de (2019), según consta en Acta Nº 367 del Libro respectivo llevado por este Despacho; en aras de otorgar las vías y medios procesales contemplados en nuestra normativa legal me ABOCO al conocimiento de la presente causa,. En consecuencia, con la finalidad de resguardar el derecho a la defensa y a la Tutela Judicial Efectiva se acuerda la notificación de las partes intervinientes en la presente causa, del presente abocamiento, informándoles que una vez conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, la causa continuara en la etapa de interponer recurso de conformidad con lo establecido en el artículo 174 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En tal sentido se ordena ratificar el oficio Nª JSA-544/2018 librado en fecha cuatro (04) de octubre de dos mil dieciocho (2018) al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela; asimismo para la práctica de dicha notificación se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Estado Miranda. Líbrese Oficios, despacho y Comisión. Cúmplase.
EL JUEZ SUPLENTE,


DR. IVÁN EDGARDO PALENCIA ARIAS
EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. RICHARD JOSÉ WORMES CORONA


Dando cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se libraron los oficios números JSA-122/2019 y JSA-123/2019, despacho y comisión


EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. RICHARD JOSÉ WORMES CORONA



EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000271
IEPA/RJWC/ja