REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

En horas de Despacho de hoy catorce (14) de octubre de dos mil diecinueve (2019), comparece por ante la secretaría de este tribunal el abogado Eduardo José Chirinos, con el carácter de JUEZ DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 del código de procedimiento civil para exponer: “Por cuanto en el presente juicio de DESALOJO DE INMUEBLE, interpuesto por los ciudadanos RAFAEL ÁNGEL OVIEDO VALENZUELA y DAGNALIS MARÍA CORDERO DE OVIEDO contra los ciudadanos PABLO EDWIN GIL VIVAS y MIRIAN YAMILE REY SIERRA; ME INHIBO DE CONOCER DE LA PRESENTE CAUSA, en mi condición de Juez de este Juzgado, en virtud que la abogada Zafiro Navas, Inpreabogado N° 24555, en su carácter de apoderada judicial de la co-demandada Mirian Yamile Rey Sierra; en varias oportunidades ha llegado a este tribunal con actitud déspota y soez, vociferando comentarios impropios, dirigido a los funcionarios que la atienden, actuación esta que se considera una falta de respeto de la abogada hacia el personal del tribunal. Así que, para consolidar su mal proceder, consigna en autos escrito cargado de argumentos falsos, ofensas e improperios hacia este tribunal, en consecuencia, a partir de ese momento se crea una ENEMISTAD manifiesta entre la abogada Zafiro Navas y mi persona, por lo que, seguir conociendo la causa aludida, podría interferir en la imparcialidad que como Juez debo mantener en cualquier proceso donde conozco al dirimir la litis, en aras de procurar en favor de la plena administración de justicia lo que me impide administrarla con la debida imparcialidad que se requiere en estos casos.
En consecuencia, remítase en su oportunidad legal y bajo oficio el presente expediente al juzgado distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, a los fines legales consiguientes.

Igualmente, se ordena enviar copia certificada de la presente acta al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, conforme a lo previsto en los artículos 93 y 95 eiusdem, a los fines de que conozca de la presente incidencia. Líbrese oficio.

El Juez,

Abg. EDUARDO J. CHIRINOS CH.
La Secretaria Temporal,


Abg. DINORAH MENDOZA.

En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado y se remite Incidencia con oficio al Juzgado Superior Civil de esta Circunscripción Judicial, bajo el Nº 216/2019.
La Secretaria Temporal,


Abg. DINORAH MENDOZA.


Exp. Nº 14.871
EJCC/dm.-