REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, siete (07) de octubre de 2019
(209° y 160°)


EXPEDIENTE N° JSA-2017-000419.

Por recibido en esta misma fecha, Oficio N° 2019-244 librado el día doce (12) de agosto de 2019, por el Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas y estado Miranda, remitiendo adjunto RESULTAS DE LA COMISIÓN debidamente CUMPLIDA, constante de nueve (09) folios útiles; en consecuencia, agréguese el Oficio antes mencionado y sus anexos al expediente judicial; y por cuanto de los referidos anexos se observa foliatura que no corresponde a la del presente expediente, se acuerda testarlas y colocarla de acuerdo al orden cronológico correspondiente, todo de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, realizada la revisión exhaustiva de esta causa, se verifica que por cuanto constan en autos todas las notificaciones libradas con motivo de mi abocamiento, el día de despacho siguiente al de hoy, comenzará a transcurrir los dos (2) días que se conceden como termino de la distancia, a la Procuraduría General de la República y al Instituto Nacional de Tierras, referido en el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil, así como los lapsos de los diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 eiusdem y los tres (3) días de despacho establecidos en el artículo 90 del citado Código, establecidos a los fines de salvaguardar el derecho que tienen las partes para ejercer la recusación. Vencido los lapsos antes referidos, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho, contemplados en el artículo 163 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a fin de que procedan a oponerse al presente Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad. Cúmplase.
EL JUEZ SUPLENTE,


DR. IVÁN PALENCIA ARIAS
EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. RICHARD WORMES CORONA





EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000419-
IPA/RWC/jm