REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 10 de octubre de 2019
Años: 209º y 160º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos YAMILE CECILIA RIVAS FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.080.555, domiciliada en el Barrio Campo Alegre, calle 13 entre Avenida 03 y 04, Municipio Cocorote del estado Yaracuy y CARLOS SIMON MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.708.201, domiciliado en la calle 13, Barrio Campo Alegre, Municipio Cocorote del estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos ANA LORENZA GRATEROL PARRA, PEDRO ALEJANDRO GRATEROL PARRA, ALEXI ANTONIO GRATEROL PARRA, LUIS ROSALBO GRATEROL PARRA, ANA TERESA GRATEROL DE GARCIA, HERMELINDA CELESTINA GRATEROL PARRA, GREGORIO CRECENCIO GRATEROL PARRA, CARMEN MARIBEL GRATEROL PARRA DE LOPEZ Y NUEZ MARIZ GRATEROL PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.705.901, 4.480.226, 7.591.946, 7.579.990, 7.515.846, 7.591.945, 3.459.340, 7.554.017, y 4.969.843; respectivamente, del ciudadano LUIS DEMETRIO GRATEROL GALLARDO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 813.804. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario Temporal,
Abog. JESUS JAMEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de cuarenta (40) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario Temporal,
Abog. JESUS JAMEZ
Sol. N° 2034/lags.-