REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Viernes (27) de septiembre de (2019)
(209° y 160°)
EXPEDIENTE N° JSA-2017-000413.-
De la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente, se evidencia a la presente fecha (27-09-2019), ninguna de las partes ni sus representantes judiciales presentaron escritos de promoción de pruebas en el lapso correspondiente y visto que, según lo dispuesto en el párrafo 5° del Artículo 169 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, corresponde a este Tribunal Superior pronunciarse sobre la admisibilidad de los prenombrados escritos de promoción de pruebas, lo cuales no constan en el Expediente, por lo tanto, se dicta el presente Auto, y en aras de salvaguardar la seguridad jurídica de las partes intervinientes en el presente juicio, así como la certeza de los lapsos que transcurren en el mismo, se deja expresa constancia que el día (Miércoles, 25/09/2019), correspondió al - tercer (3°) y último día - que tiene este Tribunal para admitir pruebas, y visto que las mismas no fueron consignadas en autos no habiendo nada sobre que decidir, por lo que esta actuación agotó el lapso antes señalado, así mismo, se deja expresa constancia, que el día de hoy (27-09-2019) (inclusive); comienza a transcurrir el primer (1°) de los diez (10) para la EVACUACIÓN DE LAS PRUEBAS QUE HAYAN SIDO ADMITIDAS. En consecuencia, agréguese el presente auto al Expediente con el cual se relaciona. Cúmplase.-
EL JUEZ SUPERIOR (SUPLENTE),
DR. IVÁN EDGARDO PALENCIA ARIAS.
EL SECRETARIO (TEMPORAL),
ABG. RICHARD JOSÉ WORMES CORONA.
EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000413
IEPA/RW