REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
El presente traslado es gratuito, como lo consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En horas de despacho del día de hoy 28 de Enero de 2020, siendo las nueve y treinta de la mañana 9:30 a.m., se trasladó y constituyó este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote, de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; a cargo del Juez Provisorio Abogado TRINO LA ROSA VAN DER DYS y el Secretario Temporal Abogado JESUS JAMEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.194.808 y 23.316.289 respectivamente. Con el fin de practicar Notificación Judicial en la solicitud signada con el número 2074 de la nomenclatura de este Tribunal, en la siguiente dirección: Avenida 4ta entre calles 15 y 14, Nº 15-21, Municipio San Felipe, estado Yaracuy. Se deja constancia que se encuentran presentes los solicitantes Abogados ZULMAN AMALIA GALINDEZ DE GALINDEZ y ANIBAL LISANDRO GALINDEZ YARZA Cedulas de Identidad Nros. V-7.585.444 y V-5.465.139 respectivamente. Encontrándose en el lugar para la realización de dicha notificación se deja constancia que se entrego boleta de notificación a la ciudadana ROSGLAIRA MILEYDI ORTEGA OJEDA, titular de la cedula de Identidad Nº V-14.443.690, quien se identifico como hermana de la ciudadana GLADYS YURAIMA ORTEGA OJEDA Cedula de Identidad Nº V-11.279.004, quien se dio por notificada y se le dejo copia de la boleta, quien además manifestó a este Tribunal que no estamparía su firma en la boleta que se consigna como anexo a la presente acta. Se deja expresa constancia que el traslado del Tribunal se hizo en compañía de la Comisión Policial de la CCP del Área Metropolitana del Municipio Independencia del estado Yaracuy, Funcionario FELIX ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidades Nros. V-17.468.008 respectivamente. En este estado el Tribunal no teniendo más particulares a los cuales dejar constancia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara PRACTICADA LA NOTIFICACIÓN JUDICIAL y habiendo cumplido su misión acuerda el regreso a su sede siendo las 10:30 a.m. Terminó, se leyó y conforme firman.-
El Juez Provisorio.
Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
Apoderados Judiciales del Solicitante,
La Notificada
Fuimos atendidos por:
ROSGLAIRA ORTEGA
V-14.443.690
Funcionario Policial
El Secretario Temporal,
Abog. JESUS JAMEZ
Solicitud Nº 2074
jj.-