REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 02 de Marzo de 2020
Años: 209º y 161º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos JOSE JACINTO PACHECO GALINDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-7.915.770, domiciliado en calle 3 casa sin número, frente a la iglesia. Cañaveral, Municipio Independencia, Estado Yaracuy y CRISTHIAMS AMADO OJEDA REGALADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número V-15.107.904, domiciliado en la calle principal casa sin número, cañaveral. Municipio independencia, Estado Yaracuy, este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Felipe, Independencia Y Cocorote De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano FREDDY MANUEL GUTIERREZ RAMIREZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-7556.298, asistido por el abogado RONALD JOSE RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado con el número 123.482; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad Municipal, que mide, en su totalidad, SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTRIMETROS (676.49 Mts2) y construyo a sus propias y únicas expensas unas bienhechurías, que consta de una vivienda familiar, cuya área de construcción es de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS (94.63 Mts2) compuesta por un (01) baño y todos sus accesorios y piezas sanitarias, dos (02) habitaciones, una (01) cocina, una (01) sala, techo de acerolit con vigas de hierro, piso pulido, paredes de bloques frisadas, porche y solar, ubicado en el Sector Cañaveral calle principal, casa Nro. 36-30 Jurisdicción del Municipio Independencia del Estado Yaracuy con un valor aproximado de un millón de bolívares (1.000.000 Bs.), el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Del punto A al punto B, calle principal de cañaveral ; SUR: Del punto C al punto D, casa que es o fue de Ana Marín; ESTE: del punto B al punto C, casa que es o fue de la familia Galindez y OESTE: Del punto D al punto E, casa que es o fue de Nancy Fernández. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
El Secretario,
Abg. JESUS JAMEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de nueve (09) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
Abg. JESUS JAMEZ
Exp. N° 2089/ Og