REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, 05 DE NOVIEMBRE DE 2020.
Años: 209° y 161°

ASUNTO: UP11-R-2020-000005

En el día de hoy, jueves cinco (05) de noviembre de 2020, siendo las nueve y media de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la celebración de la Audiencia de Apelación, en el asunto Nº UP11-R-2020-000005, de conformidad con el artículo 488-C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, intentada por el ciudadano TOMAS ANTONIO MOGOLLON ARRIECHI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.617.126, representado judicialmente por la ABG. SUHAIL HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.282.113, inscrita en el Ipsa Bajo el N° 81.067, contra la sentencia de fecha 21 de enero de 2020, dictada por el Juez del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en el Juicio de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, seguido por el recurrente contra la ciudadana ARELIS MACHADO TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.793.877, en el asunto Nº UP11-V-2018-000519. Se anuncia el presente acto por el Alguacil adscrito a éste Tribunal ciudadano Héctor Martínez, preside la audiencia la Jueza por Superior Abg. JOISIE JAMES PERAZA, la Secretaria Lisbeth Pérez, acto seguido se procede a constatar la asistencia de las partes presentes, dejándose constancia que anunciada la audiencia en la hora señalada no compareció la parte recurrente Abg. SUHAIL HERNNADEZ, plenamente identificada, en consecuencia, se declara desistida la apelación, por lo que, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación incoado por la Abg. SUHAIL HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.282.113, inscrita en el Ipsa Bajo el N° 81.067, contra la sentencia de fecha 21 de enero de 2020, dictada por el Juez del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en el Juicio de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. Sin embargo se deja constancia que hizo acto de presencia la parte contra recurrente Abg. José Daniel Machado, inscrito en el Ipsa bajo el Nª 242.051, apoderado judicial de la ciudadana ARELIS MACHADO TORREALBA, venezolana titular de la cedula de identidad Nro. V.- 8.793.877. En consecuencia queda confirmado el fallo apelado. Es todo. Se leyó y conformes firman.
La Jueza Superior,
Abg. Joisie James Peraza.
La Secretaria,
Abg. Lisbeth Pérez

El alguacil Abg. José Machado
Apoderado judicial de la parte contra recurrente