REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 04 de Agosto de 2021
Años: 211º y 162º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana ODILIA ROSA RAMOS CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.483.003, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio JORGE DORANTE, quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 268.552, en el cual solicita el Título Supletorio sobre una bienhechuría ubicada en la calle 5 entre avenidas 1 y 2 Urbanización Bicentenario, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de sesenta y nueve metros cuadrados con sesenta centímetros (69,60 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: casa y solar que es o fue de Tonino Molinaro, con una longitud de veinte metros con veinte centímetros (20,20 M); Sur: casa y solar que es o fue de Carmen Tovar, con una longitud de veinte metros con veinte centímetro (20,20 M); Este: calle 5 su frente, con una longitud de once metros con cuarenta centímetros (11,40 M) y Oeste: Casa y solar que es o fue de Olga Campos, con una longitud de once metros con cuarenta centímetros (11,40 M), y está construida sobre un área de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras I.N.T.I, según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 23-05-2021, que mide doscientos treinta metros cuadrados con veintiocho centímetros (230,28 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintitrés (23) de julio de 2021; y en fecha 04 de agosto de 2021 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ROSA NAYELIT GARCIA TORREALBA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.797.012, domiciliada en Bicentenario calle 5 casa Nro. 21 en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y GERMÁN ANTONIO PEÑA SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.586.663, domiciliado en la calle 5 de Bicentenario en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de su promovente, por encontrarla contestes entre sí, pues las testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana ODILIA ROSA RAMOS CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.483.003, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los cuatro (04) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021). Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.

El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 am) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Abg.EGG/Spt/yurianner.-
Sol: 4841/2021