REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 05 de Agosto de 2021
Años: 211º y 162º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por las ciudadanas MARÍA TERESA RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ y MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.796.093 y V-16.261.624, respectivamente, debidamente asistidas por el abogado en ejercicio ALEXANDER JOSÉ GÁMEZ PÉREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°140.760, en el cual solicita el Título Supletorio sobre una bienhechuría ubicada en la calle 3 entre avenidas 11 y 12 la Peñita Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de ciento setenta y cuatro metros cuadrados con setenta y seis centímetros (174,76 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: casa y solar de Nelly Castillo, con una longitud de diecinueve metros con sesenta centímetros (19,60 M); Sur: casa y solar de Merardo Escorihuela, con una longitud de diecinueve metros con sesenta centímetros (19,60 M); Este: casa y solar de Merardo Escorihuela, con una longitud de nueve metros con ochenta centímetros (9,80 M) y Oeste: calle 3 su frente, con una longitud de nueve metros con ochenta centímetros (9,80 M), y está construida sobre un área de terreno Municipal, según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 24-05-2021, que mide ciento noventa y dos metros cuadrados con ocho centímetros (192,08 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintitrés (23) de julio de 2021; y en fecha 05 de agosto de 2021 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: EDECIO OMAR SOSA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.518.651, domiciliado en la Urbanización San Antonio calle 05 en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y NEPTALI SOTELDO VALDERRAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.273.479, domiciliado en la calle 3 con avenida 11 y 12 sector la Peñita en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de su promovente, por encontrarla contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de las ciudadanas MARÍA TERESA RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ y MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.796.093 y V-16.261.624, respectivamente, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente solicitud, una vez cumplido este requisito, devuélvase original de la solicitud a la parte interesada, una vez que sean proveídas por este las copias fotostáticas relativas a la misma.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los cinco (05) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021). Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.

El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria Acc,

T.S.U Diana Carolina Carrero

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 am) se registró la anterior decisión.


La Secretaria Acc,

T.S.U Diana Carolina Carrero




Abg.EGG/Spt/yurianner-
Sol: 4842/2021