REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veinticinco (25) de enero de 2021
210° y 161°


EXPEDIENTE Nº JSA-2020-000480

Vista la diligencia presentada en fecha (14/12/2020), por ciudadano TONY ADRIAN ESCALONA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nº V-20.889.869, en su carácter de integrante de la RED COLECTIVO LA JOBITERA (PARTE SOLICITANTE) en la presente causa, asistido por el abogado en ejercicio ROGER RONDÓN, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 247.896, donde manifiesta lo que sigue: “… Visto el auto de fecha 03 de diciembre del 2020, mediante el cual la ciudadana Juez se aboca al conocimiento de la presente causa, en consecuencia a los fines del procedimiento sobre el fallo del asunto, solicito el traslado y contitución del tribunal, al solo objeto de la acción para que sea constatado por la ciudadana Juez, lo solicitado en el libelo de la demanda y demas actuaciones en el expediente…”; en consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, ACUERDA trasladarse y constituirse, sobre el lote de terreno denominado “LA JOBITERA”, ubicado en el Sector Jobito II, asentamiento campesino sin información, parroquia San Felipe, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, para el día martes nueve (09) de febrero del presente año, a partir de las ocho y treinta ante meridiem (08:30 a.m.), a los fines de practicar Inspección Judicial in situ. En tal sentido, se ordena notificar a el Director Estadal de Ecosocialismo del Estado Yaracuy, al Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI) del estado Yaracuy, y al Director Regional del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras del Estado Yaracuy (MAT), a fin de que designen un Técnico que por su profesión u oficio presten el apoyo necesario en la práctica de la Inspección Judicial ut supra señalada. Líbrense Oficios. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA,


DRA. DANIMAR CHIQUINQUIRÁ MOLERO ANDRADE


El SECRETARIO,


ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR





EXPEDIENTE Nº JSA-2020-000480
DCMA/AT/er