REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 8 de julio de 2021
Años: 211º y 162º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadana ZERPA PÉREZ EDILMA GUADALUPE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.985.327; ciudadanos MONTILLA BAPTISTA OLIMAR SILVANA, venezolana, mayor de edad, divorciada, domiciliada en la urbanización Terrazas de Bella Vista, calle Principal, quinta Los Ángeles, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad N° 9.377.243 y LLOVERA MOROS ALEXIS IVAN, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la urbanización La Rosaleda, municipio Independencia, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 13.687.663, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano ZERPA GARCIA RAFAEL ANTONIO, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, casado y titular de la cédula de identidad Nº 3.764.161; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a las ciudadanas PÉREZ de ZERPA EDILMA, venezolana, mayor de edad, casada y titular de la cédula de identidad N° 7.907.699, y a la solicitante, ciudadana ZERPA PÉREZ EDILMA GUADALUPE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 13.985.327, asistida por el abogado MARTÍNEZ MONTOYA JOSÉ GILBERTO, Inpreabogado N° 138.615. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a la solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.683-21 y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
La Jueza,

María Elena Camacaro
La Secretaria,

Mayairy Y. Rangel O.

En la misma fecha de hoy, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,

Mayairy Y. Rangel O.