REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 8 de junio de 2021
Años: 211º y 162º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas OROZCO COLMENAREZ ROSALINDA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-14.210.222, domiciliada en la Urbanización Prados del Norte Calle B entre avenidas 2 y 3 Casa N° 27, municipio Independencia, estado Yaracuy, y AVILA EDI LUZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.108.078, domiciliada en el Sector Palito Blanco, calle el Cementerio, Casa S/N, municipio La Trinidad, estado Yaracuy; este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana GUTIERREZ YOVERA ERICA CARINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-17.700.443, con domicilio procesal ubicado en el municipio San Felipe del Estado Yaracuy, sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, y que por información desprendida del Informe Catastral emitido por la Alcaldía del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, consiste en unas bienhechurías construidas sobre terreno propiedad municipal, que mide TRESCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTÍMETROS CUADRADOS (307,80 MTS2) y un área de construcción de CIENTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTÍMETROS CUADRADOS (172,15 MTS2), ubicadas en la Avenida 09 entre calle 1 y calle 2, sector zumuco, San Felipe, municipio San Felipe, estado Yaracuy, constituida por una (01) casa construida con paredes de bloques de concreto frisadas, piso de cemento, techo de acerolit, distribuida de la siguiente manera: tres (3) habitaciones, sala recibo cocina, porche de plata blanda, tres (03) baños, un (01) lavadero con piso de cemento pulido, un (01) corredor con su enrrejillado de metal, cuatro (04) puertas de metal con sus respectivos protectores, tres (03) ventanas de metal, cercado en frente de bloques de cemento, una (01) reja de metal, un (01) portón de metal laterales derecho e izquierdo con bloques de cemento e instalaciones para aguas blancas y aguas negras, servicio de electricidad.; encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: con avenida 09 que es su frente (11,05 Mts); Sur: Con solar de la casa que es ó fue de la familia montes (10,40 Mts); Este: Con local que es ó fue de Felicida Yovera y con solares de las casas que son o fueron de la Familia Ramos y del Señor Damaso Henriquez (28,70 Mts); y Oeste: Con casa y solar que es ó fue de Senover Girardo y con solar de la casa que es ó fue de la Familia Betancourt (28,70 Mts). Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza,
María Elena Camacaro
La Secretaria,
Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas.
La Secretaria,
Mayairy Y. Rangel O.