REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, catorce (14) de mayo del año 2021
211° y 162°

ACTA INSPECCIÓN JUDICIAL
En horas habilitadas del día de hoy viernes catorce (14) de mayo del año 2021, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), se traslada este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, conformado por la DRA. DANIMAR CHIQUINQUIRÁ MOLERO ANDRADE, el ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR y el ciudadano CARLOS DANIEL PÉREZ SALCEDO, con el carácter de Jueza Superior, Secretario y Alguacil Accidental del Tribunal, respectivamente, a los fines de realizar Inspección Judicial in situ, fijada por este Tribunal mediante decisión de fecha (10-05-2021), correspondiente a la presente causa Nº JSA-2021-000488 (nomenclatura particular de este Juzgado Superior), relacionada con la SOLICITUD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, sobre un lote de terreno denominado “FINCA BURIA 2”, ubicado en el sector San Vicente, Municipio Nirgua del estado Yaracuy, con una superficie aproximada de VEINTITRÉS HECTÁREAS CON CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (23 has con 5924 m²), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terreno ocupado por José Hipólito; SUR: Terreno ocupado por Fulgencio Ochoa; ESTE: Carretera vía San Vicente y Terreno ocupado Fulgencio Ochoa, y OESTE: Terreno Ocupado por Martin Rodríguez, presentada por el ciudadano CARLOS RODRÍGUEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.277.957, asistido por el profesional del derecho, FRANDY ALEXIS COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 121.624. Seguidamente, la Jueza indica que el ciudadano Alguacil realizará las labores de grabación audiovisual, utilizando la Cámara de Video asignada a este Tribunal: Marca: SONY, HANDYCAM, Número de Bien Nacional: 03-48-3086, Modelo: HDR-XR150, serial S0111606404. Seguidamente se deja constancia que se encuentran presentes en el lote de terreno objeto de la presente inspección, los ciudadanos:
Carlos Rodriguez Mendoza y su abogado asistente Frandy Alexis Colmenarez, ambos identificados y solicitantes de la medida cautelar de protección a la producción agrícola. Acto seguido, se pasa a dejar constancia que se encuentra presente la ciudadana Gerbis Briceño, venezolana, mayor de edad, identificada con la cedula de identidad N°V-12.080.667, Ingeniera, Funcionaria adscrita al Instituto de Salud Nacional de Salud Integral (INSAI), como coordinadora de salud vegetal integral del municipio Nirgua del estado Yaracuy, a quien se le designó como técnico asesor en el desarrollo de la presente inspección judicial, quien aceptó y se procedió a tomarle el juramento de Ley de la siguiente manera : ¿ Jura usted cumplir con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona? contestó: “si, lo juro”. Seguidamente , se procedió a hacer el recorrido por el lote de terreno denominado Finca Buria 2, antes descrito y se pasa a dejar constancia con el asesoramiento de la técnica designada de lo siguiente: El fundo tiene un portón de entrada de estructura de hierro y alfajor, cercado perimetralmente en el lindero con la carretera vía La Montaña, con cerca de alfajor y el resto de los linderos con estantillos de madera con cinco (05) pelos de alambra de púas; se observa una construcción en ruinas y sin uso aparente, conformada por paredes de adobe y bloques de cemento en partes; un (01) galpón con paredes en obra limpia y pintadas en partes, techado con acerolit sobre estructura de hierro, piso de cemento, portalón de estructura de hierro, el cual funciona como depósito de materiales, herramientas, equipos, insumos entre otros; asimismo, se observa una siembra de aproximadamente tres hectáreas (3 has) de caraota con un mes y ocho días aproximadamente; tres (03) hectáreas de siembra de caraotas de aproximadamente dos meses y medio y dos (02) hectáreas de caraota de un mes; asimismo, se observa siembra de pepino, aproximadamente tres mil matas de quince (15) días aproximadamente. El lote de terreno cuenta con sistema de riego conformado por dos (02) lagunas artificiales, tuberías de ¾, 1 y 3 pulgadas, dos (02) bombas; todo lo cual permite el riego por presión (subida), goteo en bajada en razón de las características del terreno; se deja constancia que la siembra antes descrita se observa en buen estado de conservación y mantenimiento; y que de todo el recorrido se tomaron impresiones fotográficas que serán agregadas como parte integrante de esta acta. Se deja constancia que la Ing. Gerby Briceño ya identificada en este mismo acto elaboro acta y/o informe sobre lo constatado en original con sello húmedo la cual consignará a este Tribunal en un (01) folio útil el cual se ordena agregar a las actas y en virtud de constar el mismo, este tribunal procederá a pronunciarse sobre la procedencia de la medida en cuestión dentro de los tres (03) días de Despacho siguientes. Por otra parte se deja constancia que se dio cumplimiento al principio de gratuidad contenido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes aquí Firmantes. Concluyo este acto siendo las once y cuarenta minutos de la mañana (11:40am). Es todo terminó, se leyó y conforme firman