REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 30 de noviembre de 2021
Años: 211º y 162º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana SONIA MARGARITA TREJO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.112.696, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Mario Escalona Peralta, quien está inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 268.543, en el cual solicita el Título Supletorio sobre una bienhechuría ubicada en Riveras de Cumaripa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de QUINIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON DOS CENTÍMETROS (592,02 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida Sorte su frente, con una longitud de seis metros (6,00 M); Sur: Casa y solar que es o fue de José Ramón Lima, con una longitud de seis metros (6,00 M); Este: Casa y solar que es o fue de Yanet Méndez, con una longitud de veinticuatro metros con ochenta centímetros (24,80 M) y Oeste: Casa y solar que es o fue de Marilu Díaz, con una longitud de veinticuatro metros con ochenta centímetros (24,80 M), y está construida sobre un área de terreno Privado, según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 25-05-2021, que mide CIENTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHO CENTÍMETROS (148,8 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha treinta (30) de noviembre de 2021; y en esta misma fecha fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOSE GREGORIO ESCALONA TORREALLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.108.383, domiciliado en la avenida 6, entre calles 17 y 18, sector Guatanquire, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JOSÉ RAMON LIMA HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.275.911, domiciliado en Riveras de Cumaripa, calle 01, casa Nº 17, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de su promovente, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana SONIA MARGARITA TREJO DE GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.112.696, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno (2021). Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.

El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez de la mañana (12:00 m) se registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba



Abg.EGG/Spt.-
Sol: 4863/2021