REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintisiete (27) de abril de 2022
212° y 163°
ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE INFORMES
En el día de hoy miércoles veintisiete (27) de abril de 2022, siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.) día y hora correspondiente a lo establecido en acta por este Tribunal el día viernes veintidós (22) de abril de dos mil veintidós (2022), a los fines de que tenga lugar la celebración de la audiencia oral de lectura del dispositivo del fallo, de conformidad con el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la causa Nº JSA-2021-000492 (nomenclatura particular de este Juzgado), en virtud del RECURSO APELACIÓN, ejercido por la representación judicial de la ciudadana BRÍGIDA BENITA BLASCO MONTESINO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad V-4.965.244, contra la decisión dictada en fecha veintitrés (23) de junio de dos mil veintiuno (2021), por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy; relacionado con la solicitud de MEDIDA CAUTELAR PREVENTIVA DE PROTECCIÓN A LOS CULTIVOS, peticionada en el juicio ACCIÓN POSESORIA POR DESPOJO A LA POSESIÓN AGRARIA, incoado por la parte accionante/apelante en contra de los ciudadanos YUVERI JOSEFINA SILVA OROPEZA, ANA INÉS SILVA OROPEZA y FRANCISCO EUSEBIO SILVA OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.554.762, V-7.554.763 y V-10-853.026, respectivamente. En este estado, se deja constancia que se encuentran presentes en la Sala de Audiencia de este Juzgado Superior Agrario, la ABG. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE, el ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR y la ABG. EMPERATRIZ RAMIREZ, con el carácter de Jueza Superior Provisoria, Secretario y Alguacil, de este Juzgado Superior respectivamente. De igual modo, se deja constancia que se encuentra presente en este acto abogada en ejercicio BETZAIDA ALEXANDRA ZERPA BLASCO ,titular de la cédula de identidad número V-13.618.171, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 142.122 , en su condición de apoderada judicial de la ciudadana BRÍGIDA BENITA BLASCO MONTESINO, antes identificada. Estando dentro del lapso establecido en el ut supra referido artículo para dictar oralmente el dispositivo del fallo, pasa este Juzgado Superior Agrario a efectuarlo de la siguiente manera:
-II-
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: COMPETENTE para conocer del Recurso Ordinario de Apelación ejercido en fecha ocho (08) de julio de dos mil veintiuno (2021), por la representación judicial de la ciudadana BRÍGIDA BENITA BLASCO MONTESINO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad V-4.965.244, contra la decisión dictada en fecha veintitrés (23) de junio de dos mil veintiuno (2021), por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. SEGUNDO: se NIEGA el pedimento formulado por de la ciudadana BRÍGIDA BENITA BLASCO MONTESINO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad V-4.965.244, mediante escrito presentado en fecha veintiuno (21) de abril del año dos mil veintidós (2022). TERCERO: INADMISIBLE el recurso de apelación intentado por ejercido en fecha ocho (08) de julio de dos mil veintiuno (2021), por la representación judicial de la ciudadana BRÍGIDA BENITA BLASCO MONTESINO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad V-4.965.244, contra la decisión dictada en fecha veintitrés (23) de junio de dos mil veintiuno (2021), por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. CUARTO: SE REVOCA el auto de fecha veinte (20) julio de dos mil veintiuno (2021), proferido por el tribunal de la causa, conforme al cual se escucha el presente recurso de apelación. QUINTO: SE ORDENA remitir oportunamente el expediente número JSA-2021-000492 (nomenclatura particular de este despacho) al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. SEXTO: La presente decisión se dicta dentro del término legal establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. SÉPTIMO: En virtud de la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. OCTAVO: Publíquese la presente decisión en el portal Web del Tribunal Supremo de Justicia. En este estado, siendo las diez y veinte minutos de mañana (10:20 a.m.), se declara culminado el acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA SUPERIOR,
ABG. DANIMAR CHIQUINQUIRA MOLERO ANDRADE
REPRESENTACIÓN JUDICIAL PARTE APELANTE
ABG.BETZAIDA ALEXANDRA ZERPA BLASCO
LA ALGUACIL,
ABG.- EMPERATRIZ RAMIREZ
EL SECRETARIO,
ABG. ALY ALCIDES TORREALBA SALAZAR
EXPEDIENTE Nº JSA-2021-000492
DCMA/AATS/ER