REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO YEJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 29 de abril de 2022
Años: 212º y 163º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano MIGUEL ANGEL BACILE RICCIARDELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.906.000, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio Dorys Margarita Páez, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 30.917 en el cual solicita el Título Supletorio sobre unas bienhechurías ubicadas en la avenida Remigio Duran, esquina vía penetración Agrícola, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría está construida sobre un terreno de mi propiedad según sentencia emitida (Homologación) por este Tribunal en fecha 04 de marzo de 2022, expediente Nº 3106/2002, y según la cédula catastral, emitida por la Dirección de Catastro Municipal, con código Catastral Nº 22 03 02 AR 108 06 05, de fecha 04-04-2022, con un área de construcción (Cerca Perimetral) de UN MIL METROS CUADRADOS (1.000 M²), y se encuentra alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida Remigia Duran su frente, con una longitud de cuarenta metros (40.00 M); Sur: Terreno de Miguel Bacile, con una longitud de cuarenta metros (40,00 M); Este: Vía de penetración agrícola, con una longitud de veinticinco metros (25,00 M) y Oeste: casa y solar que es o fue de Miguel Bacile, con una longitud de veinticinco metros (25,00 M). Se le dio entrada a la solicitud en fecha veintinueve (29) de abril de 2022; en esta misma fecha fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos DANILETH HOLIDAY ARIAS CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.156.056, domiciliada en la avenida 12 entre calle 9 y 10, edificio María, piso 01, apartamento 01, Sector Pozo Nuevo, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ARLES RODOLFO SANCHEZ MONTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.647.219, domiciliado en la calle 10, entre avenidas 12 y 13, sector Pozo Nuevo, casa sin Nº en Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano MIGUEL ANGEL BACILE RICCIARDELLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.906.000, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 m) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba
Abg. EGG/Spt/diana
Sol: 4900-2022