REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 04 de febrero de 2022
211º y 162º
ASUNTO: UP11-H-2022-000013
SOLICITANTES:: Ciudadanos GABRIELA ALEJANDRA LOZADA ARTEAGA y JUVENAL FRANCO CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedula de Identidad Nº 20.967.925 y 14.798.283 respectivamente, asistidos por la abogada Carmen Elena Pacheco, inscrita en el IPSA bajo el Nº 230.511
BENEFICIARIA: La Niña IDENTIDAD OMITIDA TODO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, nacida en el día 26 de diciembre de 2013, de ocho (08) años de edad.
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE INSTITUCIONES FAMILIARES
Vista la solicitud presentada por los Ciudadanos GABRIELA ALEJANDRA LOZADA ARTEAGA y JUVENAL FRANCO CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedula de Identidad Nº 20.967.925 y 14.798.283 respectivamente, asistidos por la abogada Carmen Elena Pacheco, inscrita en el IPSA bajo el Nº 230.511, en los siguientes términos:
CUSTODIA:
UNICO: La madre continuará ejerciendo la custodia de la niña IDENTIDAD OMITIDA TODO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, nacida en el día 26 de diciembre de 2013, de ocho (08) años de edad.
CAMBIO DE RESIDENCIA:
UNICO: De manera conjunta y voluntaria ambos padres Ciudadanos GABRIELA ALEJANDRA LOZADA ARTEAGA y JUVENAL FRANCO CEDEÑO, ya identificados, desde la fecha de la presente homologación acuerdan y autorizan el cambio de residencia de la niña IDENTIDAD OMITIDA TODO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, en el lugar donde la madre lo manifieste.
EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD:
UNICO: El padre manifiesta expresamente su voluntad que la madre sea quien ejerza desde el momento de la presente homologación de manera unilateral la Patria Potestad de su hija IDENTIDAD OMITIDA TODO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, sin que ello implique, bajo ninguna circunstancia, que el padre está renunciando a la referida Institución Familiar.
De las actas que conforman el presente expediente se evidencia que las partes han llegado a un acuerdo con relación a las INSTITUCIONES FAMILIARES a favor de la niña IDENTIDAD OMITIDA TODO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, nacida en el día 26 de diciembre de 2013, de ocho (08) años de edad, que por su naturaleza es permitida la conciliación o mediación, no vulnera los derechos de la niña de autos y no versa sobre materias expresamente prohibidas por la Ley. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA en sus propios términos el presente acuerdo. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, dos (02) juegos de copias certificadas que soliciten las partes de la presente homologación.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En San Felipe, a los cuatro (04) días del mes de febrero de 2022. Años 211º de la Independencia y 162º de la Federación.
La Jueza,
Abg. SORELYS BETZABET QUINTERO BRICEÑO
La Secretaria
Abg. Doralia Pérez
En la misma fecha se publicó y registró, siendo 9:10 a.m. En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
Abg. Doralia Pérez
ASUNTO: UP11-H-2022-000013
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