REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 16 de junio de 2022
Años: 212º y 163º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana DAIBEL KATIUSKA REYES OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.918.211, debidamente asistida en este acto por la abogado en ejercicio Iriesmar Parada, quien está inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 144.979, en el cual solicita el Título Supletorio sobre una bienhechuría ubicada en la calle principal Quibayo-Sorte sector Santa Catalina, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTÍMETROS (63,60 M²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: calle principal Quibayo-sorte su frente, con una longitud de y cuarenta y dos con cincuenta metros lineales (42,50 ML); Sur: terreno ocupado por Gonzalo Bañez, con una longitud de cuarenta y dos con cincuenta metros lineales (42,50 M)L; Este: vía Sorte, con una longitud de ochenta y dos metros lineales (82,00 ML) y Oeste: terreno ocupado por Dionicia Castillo con una longitud de ochenta y dos metros lineales (82,00 ML) y está construida sobre un área de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I), según certificado de bienhechurías para tramitar titulo supletorio emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 11-05-2022 que mide TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (3.485,00 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha catorce (14) de junio de 2022; y en fecha dieciséis (16) de junio de 2022 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, HOWARD ANTONIO ORDOÑEZ PERAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.442.918, domiciliado en santa catalina vía sorte vereda principal en la de la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JOSÉ GREGORIO LUCENA BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.553.417, domiciliado en santa catalina, casa Nro. 1, avenida principal de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de la ciudadana DAIBEL KATIUSKA REYES OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.918.211, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,

Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 m) se registró la anterior decisión.

La Secretaria,

Abg. Solimar Pacheco Torrealba

Abg.EGG/Spt/yurianner-
Sol: 4916/2022